Una nueva sentencia del Tribunal Supremo ha marcado un hito en la defensa de los derechos laborales al establecer que es ilegal reducir los complementos salariales del turno en casos de reducción de jornada. Esta decisión, que afecta a la multinacional Repsol, supone un avance significativo en la lucha contra la discriminación de las personas trabajadoras que solicitan reducciones de jornada para la conciliación familiar.
La sentencia, emitida el pasado 14 de enero de 2025, resuelve el recurso interpuesto por Repsol contra una trabajadora afiliada al Sindicato de Trabajadores STR. El Tribunal Supremo ratifica la postura ya adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estableciendo que los turnos rotativos afectan por igual a todas las personas, independientemente del número de horas trabajadas.
Este fallo judicial implica que Repsol deberá abonar el 100% del plus global del turno a todos los trabajadores que hayan solicitado reducción de jornada, con carácter retroactivo desde la fecha de reclamación. Además, la empresa estará obligada a aplicar este criterio a futuras solicitudes de reducción de jornada.
El STR ha celebrado esta sentencia como una victoria clave en la lucha contra la penalización de la conciliación familiar. "Se acabó el castigo a quienes cuidan de menores o familiares dependientes. La justicia ha dejado claro que el derecho a la conciliación no puede ser una excusa para recortar salarios", ha señalado un portavoz del sindicato.
Los trabajadores de Repsol
Los atrasos individuales pueden superar los 10.000 euros por trabajador, lo que representa una mejora económica considerable para los trabajadores.
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