Petróleo & Gas

Endesa y la naviera Flex LNG alcanzan un acuerdo para flotar el metanero 'Flex Ranger'

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Endesa y la naviera Flex LNG han alcanzado un acuerdo de fletamento para el buque metanero 'Flex Ranger' para un período firme de un año, con posibilidad de ampliación a otro más a opción de Endesa, para transportar las compras de Gas Natural Licuado (GNL) de la eléctrica partir de junio de 2020.

Este es el tercer metanero con el que contará Endesa para garantizar el transporte y la gestión de los 2.000 millones de metros cúbicos anuales de GNL comprados en 2014 en el proyecto Cheniere Energy, en el puerto de Corpus Christi, en Texas (Estados Unidos), para los próximos 20 años.

Este metanero, construido en 2018, cuenta con 293 metros de eslora, 45,8 metros de manga, 26,2 metros de puntal y una capacidad de almacenamiento de 174.000 metro cúbicos de GNL en sus cuatro tanques criogénicos, que transportará gas para el consumo equivalente a la demanda de un día en toda España o al suministro anual de 170.000 viviendas.

El buque también tiene motores de dos tiempos duales y un sistema de contención de última generación que permiten reducir los consumos de gas del metanero y elegir el combustible para su propulsión, que podrá ser 100% de gas natural o 'fuel-oil' bajo en azufre. Asimismo, el barco dispone de sistemas para la reducción de emisiones de óxido de nitrógeno.

"Este cambio de contratación desde origen de entrega y los acuerdos de fletamentos, para garantizar la disponibilidad de metaneros para el transporte marítimo de gas, permitirá que Endesa pueda cubrir parte de su suministro de gas para los próximos 20 años con opciones mucho más flexibles y competitivas", ha destacado el consejero delegado de Endesa, José Bogas.

Hasta ahora, la compañía eléctrica tiene acuerdos con la naviera Knutsen (acuerdo de fletamento de siete años, con dos períodos de extensión de siete y seis años para el buque Adriano Knutsen) y la naviera GasLog, para el transporte de GNL con el Gaslow Warsaw a partir de 2021 (acuerdo de fletamento de ocho años, con dos períodos opcionales de seis años cada uno).

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