El Miteco espera tener listo a partir de 2023, y cada dos años, un listado de las gasolineras que están obligadas a tener puntos de recarga eléctrica en función de su volumen de ventas como parte del impulso al vehículo eléctrico
En el momento actual, el gran traba para la expansión del vehículo eléctrico no es otro que la re de recarga pública. España se encuentra entre los países de cola de la Unión Europea en lo que a puntos de carga por millón de habitantes se refiere, a años luz de los Países Bajos, de la zona escandinava e incluso de Alemania. Pero el objetivo del Gobierno es ir aumentando progresivamente esta mala tendencia y para ello va a empezar por implantar puntos de carga en las principales estaciones de servicio.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico espera tener listo a partir de 2023 un listado de las gasolineras que están obligadas a tener puntos de recarga eléctrica en función de su volumen de ventas como parte del impulso al vehículoeléctrico. Para elaborarlo, el departamento que dirige Teresa Ribera contará con la participación de las comunidades autónomas, que serán las encargadas de notificar a las nuevas estaciones de servicio su obligación, según ha explicado el ministerio en un comunicado.
A más ventas, más potencia de carga
Por ello, los titulares de aquellas instalaciones de suministro de combustibles y carburantes que cumplan un determinado criterio de ventas por áreas geográficas estarán obligados a instalar, al menos, una infraestructura de recarga eléctrica en la propia instalación, de distintas potencias, en distintos periodos temporales. Todo ello en función del volumen anual agregado de ventas de gasolina y gasóleo A de dichas instalaciones en el año 2019. En concreto, son más de 200 las gasolineras con ventas superiores a los 10 millones de litros en 2019 y que tendrán que instalar al menos un punto de recarga de potencia igual o superior a 150 kW.
Las estaciones con ventas superiores a 5 millones de litros tendrán que instalar al menos un punto de recarga de 50 kW y los mismos requisitos afectan también a aquellas con ventas inferiores a esta cantidad pero que lideren las ventas de las provincias, islas o ciudades autónomas en que se hallen, siempre que no haya gasolineras con ventas superiores. Más de 800 gasolineras están incluidas en ambos grupos.
Los terrenos deberán pertenecer al mismo titular de la instalación de suministro de carburantes o a un tercero con el que el titular de la instalación llegue a un acuerdo comercial a tal efecto. El punto de recarga deberá estar localizado a una distancia inferior a 300 metros de la instalación de suministro de combustible. El Ministerio, que establece una serie de excepciones e imposibilidades técnicas a esta obligación, velará por guardar la confidencialidad de los datos de ventas anuales agregadas de gasolina y gasóleo de las instalaciones de suministro de combustibles y carburantes.
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