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Han vencido. Por la mínima, pero han vencido. 4-3. De los 7 magistrados de la Sección 3ª de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo, cuatro han considerado que los recortes a las renovables impuestos por el Real Decreto 413/2014 y la Orden IET/1045/2014 son conformes a la Constitución Española y al Derecho Europeo, mientras que tres han considerado que se trata de medidas retroactivas que deben ser declaradas nulas. El resultado es que los recortes quedan momentáneamente avalados, en espera de los recursos de amparo ante el Constitucional, que a buen seguro plantearemos, de los arbitrajes internacionales, y, por supuesto, de lo que diga finalmente la Unión Europea.

Como pasa en el fútbol, en un juicio hay muchas formas de perder. Se puede perder porque el rival ha sido mejor, o se puede perder habiendo jugado mejor y habiendo sido perjudicado por varios errores arbitrales. Tras leer, con urgencia y desde Bruselas, la sentencia, del Supremo, tengo la sensación de que hemos merecido ganar. Ni uno de los argumentos esgrimidos por el Supremo en la sentencia me parece más convincente que los argumentos de defensa de los productores renovables que hemos utilizado, nosotros o cualquiera de nuestros compañeros abogados, como tampoco los de la Abogacía del Estado servían para desarticular nuestras justas pretensiones.

Entraba dentro de lo esperable que el Tribunal Supremo no estimara todos los argumentos invocados por el sector renovable. Había algunos, como el de la prioridad de despacho o el de la aplicación transitoria y retroactiva en grado máximo desde julio de 2013 a junio de 2014 de la reforma, que eran más fuertes que otros. Pero lo que no resulta comprensible es que ni uno solo de los argumentos haya sido aceptado por los cuatro magistrados que han votado a favor de la sentencia.

Ante ello, cabe preguntarse, si variar la retribución de unas instalaciones puestas en marcha hace ya varios años, teniendo en cuenta ingresos pasados para fijar retribuciones futuras, no es retroactividad prohibida, ¿qué narices es la retroactividad prohibida? ¿Hay algún límite a la actuación del legislador en España, o la justificación del ahorro de costes del sistema lo aguanta todo? Además, resta por ver quién se atreverá de ahora en adelante a invertir en sectores regulados en España, teniendo en cuenta que en cualquier momento le pueden cambiar las reglas del juego.

Escribo estas líneas en el avión de vuelta desde Bruselas, donde desde las alturas, voy poco a poco encajando esta derrota provisional. Pienso en los cientos de productores que confiaron en nosotros o en algún otro compañero abogado, para pelear en los Tribunales los recortes del Gobierno. Intuyo su indignación ante estas sentencias. E incluso su decepción con los abogados que hemos llevado los casos y que no hemos sido capaces de ganar, al menos de momento. El 4-3 no es suficiente para ellos. El Estado ha vencido y los recortes a su retribución se mantienen, hasta nueva orden (u Orden). Me duele no haber sido capaz de convencer a un magistrado más, sólo a uno más, de que lo que han hecho los reguladores con las renovables en España no es legal. Con uno más, el derecho de los productores a mantener la retribución que la normativa les garantizaba se hubiera visto reconocido.

Pero ante esta derrota no queda sino levantarse y seguir peleando. Lo primero que haremos será enviar estas sentencias a la Comisión Europea, para que examine si el Supremo se extralimita o no en su libre interpretación del Derecho Europeo, a pesar de no ser el órgano competente para ello. Además, le recordaremos que la denuncia que presentamos hace ya dos años sigue abierta y que ahora dependemos de la Comisión más que nunca para solucionar este problema.

Lo segundo que haremos es preparar a fondo la intervención del próximo 21 de junio ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, en conjunto con UNEF y ANPIER, para sacarle el máximo partido y poner de manifiesto la importancia de que la Unión Europea se deje de medias tintas y ponga coto de una vez a la intervención arbitraria del legislador español contra las renovables.

Y finalmente, estudiaremos a fondo la sentencia (cuando nos llegue, pues por el momento, las tres aparecidas no son sobre nuestro caso),  y, si es igual que las que han aparecido hasta ahora, prepararemos el recurso de amparo ante el Constitucional, incidiendo en la vulneración de la tutela judicial efectiva que la falta de planteamiento de la cuestión prejudicial supone para los productores de energías renovables españoles. Todo ello, sin olvidar otras causas que aún siguen pendientes, como la del Impuesto del 7% a la generación eléctrica.

Además, lo haremos con más fuerza que nunca y sabiendo que casi la mitad del Tribunal Supremo ya opina como nosotros. Esta vez hemos rozado la victoria, y con ello, hemos logrado que el próximo Gobierno que se plantee recortar a las renovables, se lo vaya a pensar muy y mucho antes de hacerlo. Pero eso no es suficiente. Seguiremos peleando. Es el sprint final. Estamos más cerca que nunca, pero a la vez, es la etapa más difícil. Por eso, es el momento de no decaer y de seguir confiando en la victoria, agarrados a la certeza de saber que la razón está de nuestro lado.

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