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La Justicia australiana tumba la apelación del Gobierno español sobre los laudos perdidos por el recorte a las renovables

La CIADI impuso multas a España por los perjuicios que el recorte de las primas a las renovables causaron a las plantas termosolares

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El Tribunal Superior de Australia ha desestimado por unanimidad una apelación presentada por España en una disputa internacional en torno a laudos dictados previamente por un organismo de arbitraje del Banco Mundial vinculados a los recortes realizados a las renovables.

La máxima instancia judicial australiana ha negado la solicitud de España, que argumentaba que podría tener "inmunidad soberana" frente a "los procesos judiciales australianos relativos al reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales de acuerdo a la Ley de Inmunidad de Estados Extranjeros del país oceánico.

El caso se remonta a diversos recursos presentados por decenas de inversores internacionales, quienes denunciaron a España ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) y otras instancias internacionales de arbitraje internacional por la reducción de la rentabilidad prevista por numerosas instalaciones renovables a consecuencia de la política energética del Gobierno de Mariano Rajoy (2011-2018).

La dispuesta por las renovables

La CIADI, un organismo vinculado al Banco Mundial, impuso en 2017 y 2018 multas a España por los perjuicios que el recorte de las primas a las renovables causaron a las plantas termosolares amparándose en la Carta de Energía, una decisión que benefició a Infrastructure Services Luxembourg y Energia Termosolar, entre otras empresas.

Estos dos inversores llevaron el caso del pago de las indemnizaciones a Australia, en donde el pleno del Tribunal Federal ordenó a España en junio de 2021 el pago de la multa de 101 millones de euros impuesta por la CIADI, más intereses, de acuerdo al resumen del fallo de hoy publicado en el portal del Tribunal Superior.

Entre los puntos analizados por el Tribunal Superior, uno de los más espinosos se trataba de los términos utilizados en el proceso, como el "reconocimiento", la "aplicación" y "la ejecución" que estaban plasmados en la Convención del CIADI, pero que podían generar confusión a la hora de contrastar los textos del mismo en inglés, en francés y español.

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"El reconocimiento (recognition) es la obligación de reconocer el laudo como vinculante, la aplicación (enforcement) es la obligación de hacer cumplir cualquier obligaciones pecuniarias impuestas por el laudo como si éste fuera una sentencia firme de un tribunal del Estado contratante, y la ejecución (execution) se refiere a los medios por los que se da efecto a una sentencia que ejecuta el laudo surte efecto", precisó la máxima corte.

Al desestimar el recurso, el Tribunal Superior de Australia consideró que España estaba "sujeta" a un laudo vinculante del CIADI, según el fallo, esto equivalía a "una renuncia a la inmunidad de Estado extranjero" ante los tribunales australianos para "reconocer y aplicar, pero no para ejecutar dicho laudo".

Más frentes

La decisión pone fin a la batalla legal en Australia por parte de España contra esas dos empresas en el país oceánico, aunque tiene otros frentes internacionales abiertos.

En Reino Unido, la Justicia inglesa tiene que decidir si acepta o anula el registro hecho en 2021 ante esa corte de un laudo que obliga a España a pagar 120 millones de euros a unos inversores perjudicados cuando, en 2013, redujo unas ayudas concedidas en 2007 en favor de la energía renovable.

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El Gobierno español, que aduce que el sistema de primas hubo de reformarse en cumplimiento de los requisitos sobre subsidios estatales de la Unión Europea (UE), ha afrontado 51 arbitrajes en varios países por esta causa, con reclamaciones que ascienden a unos 10.000 millones de euros.

Hasta ahora, se han dictado 28 laudos -de momento, ninguno se ha ejecutado-, dos se han anulado, otros 20 están pendientes y tres demandantes han desistido, indicaron a EFE fuentes del Ministerio de Transición Ecológica.

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