La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha multado a las empresas Luci Mundi Energía y Zencer por incumplir con diferentes obligaciones presentes en la Ley del Sector Eléctrico.
A la empresa Luci Mundi Energía se le impone una multa de 475.000 euros por incumplir con la obligación que tienen las empresas eléctricas de prestar una serie de garantías exigidas por el Operador del Sistema (Red Eléctrica de España). En concreto, se refiere a la obligación de prestar las garantías exigidas para el mes de octubre de 2015, generando con ello un déficit de garantías hasta febrero de 2016.
El artículo 46.1.e) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, impone a las empresas comercializadoras la obligación de prestar las garantías que reglamentariamente resulten exigibles.
En el caso de Zencer, la CNMC impone una multa de 80.000 euros por una infracción grave consistente en la falta de presentación de ofertas de compra de energía eléctrica en el mercado de producción en la medida necesaria para sus actividades de comercialización. La infracción se desarrolló entre el mes de julio de 2013 y el mes de marzo de 2015.
El artículo 46.1.c) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, impone a las empresas comercializadoras la obligación de presentar al mercado las correspondientes ofertas de compra de energía.
Las presentes Resoluciones pueden ser recurridas ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
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