Petróleo & Gas

La CNMC valorará las mermas del sistema gasista de 2025 a un precio de 39,52 euros por MWh

Supone un incremento del 17,48% respecto al ejercicio anterior, cuando fue de 33,64 euros por MWh, y se mantiene por encima de la media registrada desde 2010

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado el trámite de audiencia de la resolución con la que aprobará el cálculo, supervisión, valoración económica y liquidación de los saldos de mermas del sistema gasista correspondientes al año de gas 2025. La propuesta establece un precio de 39,52 euros por megavatio hora (MWh) para valorar económicamente estas pérdidas de gas, una referencia que servirá para calcular los incentivos y penalizaciones que afectarán a la retribución de los titulares de las infraestructuras gasistas.

El precio se ha obtenido a partir de la media aritmética del precio medio ponderado diario del gas durante el año de gas 2025, comprendido entre octubre de 2024 y septiembre de 2025, de acuerdo con la metodología recogida en la Circular 7/2021. La memoria que acompaña a la propuesta pone de relieve que esta referencia supone un incremento del 17,48% respecto al ejercicio anterior, cuando fue de 33,64 euros por MWh, y se mantiene por encima de la media registrada desde 2010, reflejando la evolución del mercado gasista tras las fuertes tensiones de precios de los últimos años.

Gestión más eficiente

La resolución forma parte del sistema de incentivos diseñado por la CNMC para fomentar una gestión más eficiente de las infraestructuras gasistas. Para ello, compara las mermas reales registradas en las instalaciones con las mermas retenidas a los usuarios mediante coeficientes regulados. De esa diferencia se obtiene un saldo que puede traducirse en un incentivo económico para el operador si reduce las pérdidas por debajo de los niveles previstos o, por el contrario, en una penalización cuando las supera.

En el caso de las plantas de regasificación, el saldo conjunto de mermas se situó en -294,9 millones de kWh, una vez aplicados los límites contemplados en la normativa. Las pérdidas reales alcanzaron inicialmente los -491,6 millones de kWh, aunque la regulación limita la cantidad computable para evitar que desviaciones derivadas de la precisión de las mediciones distorsionen el sistema de incentivos. Todas las plantas registraron saldos negativos durante el ejercicio.

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En la red de transporte, el saldo global fue de -56,9 millones de kWh, aunque con resultados diferentes según el operador. Enagás Transporte, Enagás Transporte del Norte, Redexis y Gas Extremadura Transportista obtuvieron saldos negativos, mientras que Gas Natural Transporte SDG y la planta de regasificación de Sagunto registraron saldos positivos. Estos resultados determinarán las cantidades que cada empresa deberá percibir o reintegrar en la primera liquidación disponible.

Las redes de distribución cerraron el año gasista con un saldo conjunto de -1.048,6 millones de kWh. En estos casos, cuando el saldo anual del distribuidor es negativo, la normativa establece que una parte del beneficio derivado de esa diferencia debe repartirse entre los usuarios conectados a sus redes, de forma proporcional a su consumo y conforme a los criterios fijados en la Circular 7/2021. Las liquidaciones deberán hacerse efectivas en el plazo de un mes desde la aprobación definitiva de la resolución.

Reducción de pérdidas

La CNMC recuerda que las mermas representan la diferencia entre el gas que entra y el que sale de las distintas infraestructuras del sistema y que su supervisión persigue reducir las pérdidas técnicas y mejorar la eficiencia de la red. La metodología vigente, además, adapta el cálculo de estas pérdidas a la evolución del sistema gasista e incorpora la integración de los gases renovables en la red de transporte y distribución.

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La propuesta permanecerá ahora en trámite de audiencia e información pública antes de su aprobación definitiva. Una vez concluido este proceso, la CNMC podrá revisar los resultados cuando disponga de la información diaria definitiva del gestor técnico del sistema correspondiente al año de gas 2025, introduciendo, en su caso, los ajustes que resulten necesarios antes de la liquidación final.

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