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La Justicia archiva la querella contra Francisco Martín por prevaricación en la tramitación de los parques eólicos

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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha archivado la querella contra el consejero de Industria de la región, Francisco Martín, de la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria por prevaricación en la tramitación de los parques eólicos, al no apreciar indicios de delito.

En la querella, dirigida también contra el director general de Industria, Raúl Pelayo; el alcalde de Valdeprado, Jaime Soto, y el secretario de ese Ayuntamiento, Alfredo Fernández, se les acusa de delitos contra el medio ambiente por la tramitación de solicitudes de los parques de El Escuchadero, Somoloma-Las Quemadas, La Milla-El Horno y Cespedes.

En el auto de la sala de lo civil y penal del TSJC se aclara que "la tramitación de solicitudes y proyectos de parques eólicos no permite que pueda hablarse de resolución" y se estima que esa "ausencia de decisión" de Martín "impiden la aplicación del tipo penal de prevaricación".

Además, se recuerda que "la Administración tiene la obligación de tramitar toda solicitud antes de resolver de forma expresa" y se señala que "el acto resolutivo ha de estar precedido de otras actuaciones bien dirigidas a adquirir conocimiento sobre el tema a decidir, bien por resultar preceptivas en la tramitación del procedimiento".

En este caso, el TSJC indica que lo que hizo Martín tras su nombramiento fue un "acto de trámite", con el que "cumplió su obligación" de tramitar las solicitudes con su remisión a la Dirección General de Medio Ambiente, "sin que se haya dictado resolución autorizando los parques".

El auto también puntualiza que la legalidad o no de la tramitación a la que hace referencia la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria "no está vinculada por los previos pronunciamientos judiciales".

Y alega que, en este caso, no se dice en la querella qué informes ha emitido Martín "que pudieran cumplir el tipo del precepto legal", por lo que el TSJC considera que no se le puede achacar "ninguna conducta reprochable penalmente".

"Basta la lectura de los informes emitidos por la Dirección General de Medio Ambiente para concluir que no se ha iniciado la tramitación de la evaluación de impacto ambiental", se argumenta en el auto, contra el que cabe recurso de súplica.

En consecuencia, la sala de lo civil y penal del TSJC archiva la querella contra Martín ante la "falta de indicios de actividad delictiva" y acuerda remitir las actuaciones a los juzgados para que estudien las actuaciones del resto de querellados, que no están aforados.

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