Pésimas noticias llegan a España para los productores de renovables que vieron como el PP en 2013 les cercenaba su retribución con carácter retroactivo. El Tribunal de Justicia de la UE dictó este miércoles una sentencia en la que avalaba el canon eólico que impuso Castilla La Mancha en 2011 a varias empresas que instalaron parques eólicos en la región.
Pero esta sentencia no solo habla sobre el canon eólico manchego. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha aprovechado para acabar de raíz con la ilusión o la esperanza de miles de españoles que decidieron invertir en renovables.
Y lo ha hecho en las cuestiones prejudiciales de este caso. Concretamente, el TJUE antepone conseguir el objetivo del 20% de renovables a cualquier medida que realice el Gobierno a favor o en contra de las renovables.
"Como resulta del propio tenor del artículo 3, apartado 3, de la Directiva 2009/28, y en especial del término «podrán», los Estados miembros no están en absoluto obligados a aplicar sistemas de apoyo para promover la utilización de energía procedente de fuentes renovables, ni, con mayor razón, si deciden aplicar tales sistemas, a configurarlos como exenciones o desgravaciones fiscales. Así pues, los Estados miembros disponen de un margen de apreciación respecto a las medidas que consideren adecuadas para alcanzar los objetivos globales nacionales obligatorios fijados en el artículo 3, apartados 1 y 2, de la Directiva 2009/28, en relación con el anexo I de ésta", dice el TJUE en las cuestiones prejudiciales.
Para que se entienda, la Justicia da vía libre a los Gobiernos nacionales para que puedan aplicar cualquier medida (leáse recortes, incluso retroactivos) si con ello consiguen alcanzar el 20% de renovables en 2020.
Se trata pues de una medida que no ha gustado nada a los abogados españoles que defienden los intereses de las renovables. Así, el letrado Juan Castro-Gil, de Anpier, señala que "la sentencia peca del mismo error que muchas de las sentencias nacionales, el árbol no les deja ver el bosque. Manifestar que una simple tasa territorial (Castilla la Mancha) no puede tener incidencia en el eventual incumplimiento del objetivo del 20% de energía renovable en el consumo final bruto de energía es una barbaridad, pues no se trata de una sola norma aislada, es el conjunto de normas que han venido dictándose contra las renovables las que van a avocar a España al incumplimiento de ese objetivo y a una posterior sanción".
El abogado que defiende los intereses de miles de productores fotovoltaicos cree que el problema vendrá en el caso de que España incumpla el logro de ese 20% para 2020. Ahora, el Gobierno acaba de sacar a subasta 8 GW de nueva renovable (eólica y fotovoltaica) que se tendrá que construir antes de que acabe 2020.
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