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Las renovables no esperan sustos de última hora: la retribución podría bajar hasta el 7,09%

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Con un gobierno en funciones y con unas posibles nuevas elecciones generales, se retrasa la aprobación de la retribución de las renovables para el periodo 2020-2026. Sin embargo, tanto el sector eólico como el fotovoltaico están tranquilos, "en el peor de los casos sería del 7,09%, solo bajaría un poco a la retribución actual, que se sitúa en el 7,4%", señalan fuentes del sector.

Antes del 1 de enero de 2020 se debería aprobar un Real Decreto Ley que fije esta retribución para que entre en vigor el nuevo periodo regulatorio de seis años "aunque el gobierno actual también ha sugerido la posibilidad de que se extienda hasta 12 años". De no ser aprobado, según el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, 'estos parámetros retributivos podrán revisarse antes del comienzo del periodo regulatorio. Si no se llevara a cabo esta revisión se entenderán prorrogados para todo el periodo regulatorio siguiente'.

"No esperamos que la retribución a las renovables vaya a bajar mucho. Incluso en el escenario de que finalmente Pedro Sánchez no forme gobierno y haya elecciones generales de nuevo, seguiría en funciones ya entrado el nuevo año, así que es improbable que se haga otra interpretación", señalan las mismas fuentes.

"De hecho, la ministra Teresa Ribera ya ha dicho en alguna ocasión que tendrá en cuenta la metodología utilizada por la CNMC para calcular esa tasa de retribución financiera, y tras la aprobación del RDL 1/2019, no cabe la posibilidad de que se tome como referencia la propuesta del ministro anterior, Álvaro Nadal, que vinculaba la retribución a la prima de riesgo, y de seguir él al frente, entonces sí estaríamos hablando de una caída hasta un entorno del 4%", concluyen las mismas fuentes.

La CNMC utiliza como cálculo el coste medio ponderado del capital (WACC), tal y como lo explica en el informe de noviembre pasado. Es una "metodología que permite calcular un diferencial sobre la base de las cotizaciones de referencia de los bonos del estado a 10 años establecidas en el artículo 19 del Real Decreto 413/2014, sirve igualmente para el cálculo de una tasa de retribución financiera, sin tener en cuenta unas cotizaciones de referencia".

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