Eléctricas

Llegan los 'test de estrés' a las comercializadoras de la luz

La nueva Directiva sobre el mercado interior de la electricidad aboga por una serie de medidas que fortalezcan el riesgo de cobertura en los suministradores de electricidad

1 comentario publicado

Suministrar energía no es una tarea fácil. Más bien, es bastante más complicado de lo que parece y hay que conocer los entresijos del mercado eléctrico.

Y se ha podido ver durante la crisis energética que hemos vivido años atrás con una altísima volatilidad de los precios de la electricidad generada por el disparado precio del gas y que repercutió en el bolsillo de todos los consumidores.

Tanto es así que esta crisis se llevó por delante a centenares de empresas suministradoras del servicio de electricidad y/o gas en toda Europa. Sólo en España, según el listado oficial de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), entre 2021 y 2023, más de 80 comercializadoras independientes han echado el cierre en el mercado eléctrico.

Y esto preocupó mucho a la Comisión Europea. Tanto que ha decidido establecer una serie de requisitos para poder ser suministrador energético en el Viejo Continente. A partir de ahora, sin coberturas no podrás comercializar energía.

Y no es una broma. Además, las empresas con más de 200.000 clientes podrían verse en la necesidad de tener que sufrir una prueba de resistencia. Lo que se denomina en el argot periodístico como un test de estrés sobre la cobertura de riesgo de la comercializadora de turno.

Con la regulación actual en España, estas empresas pueden hacer ofertas de precio fijo a sus clientes y no cubrir sus propias compras de energía en el mercado a plazo. Es decir, pueden vender energía con precio fijo en contratos a plazo, pero comprarla diariamente al precio del mercado mayorista, que cambia de hora en hora.

Abusos y desajustes

Esto suele generar una serie de desajustes que pueden llevar a las comercializadoras al cierre o tener que romper los contratos a los consumidores sin previo aviso o perder las características de tu contrato y acabar pagando más de lo debido.

Para que estos abusos no se produzcan, la Unión Europea ha decidido establecer más requisitos. En España, con sólo poner 3.000 euros se crea una comercializadora. Así de fácil. Pero esto ya se acabó.

En la modificación de la Directiva Europea del mercado interior de electricidad acordada durante la presidencia española del Consejo en 2023, se estableció que los reguladores de los Estados miembros impondrán a las empresas comercializadoras la obligación de cumplir requisitos de cobertura de riesgo de precio. Es decir, tener contratos mayoristas de precio fijo por un porcentaje elevado de la energía que la comercializadora se haya comprometido a suministrar a sus clientes a precio fijo.

Dichos requisitos mínimos de cobertura pueden ser complementados o incluso sustituidos por la obligación de someterse a pruebas de resistencia (como la banca).

Estos test de estrés a las comercializadoras llegarán a partir del próximo año. Ahora recientemente esta Directiva se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, y desde esa fecha los Estados Miembro tienen seis meses para establecer estas medidas.

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La propuesta de la CNMC

El objetivo no es otro que dar una mayor protección al consumidor. Algo que también preocupa al regulador español, la CNMC. Los datos que ha generado este problema están ahí y es necesaria una respuesta.

Según los informes de liquidaciones del sistema eléctrico elaborados por la CNMC, el sobrecoste pagado por los consumidores cuya comercializadora ha cesado su actividad asciende a más de 130 millones de euros en los últimos tres años.

Es por ello que la CNMC aboga por la necesidad de mejorar las actuaciones y la solvencia de las comercializadoras para proteger a los consumidores. Expone que el número de ofertas de precio fijo se redujo en 2022, motivado porque las pequeñas comercializadoras solo ofrecían precios indexados, y que se apreció un incremento de empresas que abandonaron la actividad de comercialización o fueron inhabilitadas por incumplimiento de los requisitos de ejercerla al no disponer de generación propia ni tener cobertura en los mercados a plazo.

Por ello,  la CNMC propone una serie de medidas para que estas praxis no se vuelvan a llevar a cabo en el mercado eléctrico español.

Entre ellas están las siguientes:

  • Establecer un mecanismo para que los comercializadores cuenten con capacidad financiera, coberturas de sus riesgos o alternativamente un sistema de garantías adecuado para poder hacer frente a situaciones de volatilidad de los precios.
  • Prohibir que las comercializadoras puedan modificar las condiciones económicas del contrato antes de su vencimiento. Con ello se promueve que la comercializadoras tengan contratadas coberturas cuando suministren contratos de precios fijos.
  • Destacan la importancia de que los comercializadores comuniquen sus cambios de precio de forma transparente.
  • Establecer un mecanismo ágil de traspaso de consumidores de electricidad al COR en caso de impagos por parte de las comercializadoras.

Con todo ello, se esperan cambios a la hora de comercializar energía eléctrica en toda Europa.

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Un comentario

  • David B

    08/07/2024

    Pues yo creo que una comercializadora NO "suministra" nada. Es un mero intermediario inventado para dar apariencia de competencia.

    Y sí que ha habido muchos que se pensaban que era muy fácil. He incluso que conseguían algún gran cambio en el sector energético. Pero también es verdad que algunas pequeñas son más eficaces y mejor interlocutoras que otras grandes.

    PD He padecido recientemente los líos entre comercializadora y distribuidora del mismo grupo... y al final la solución ha venido por una de esas comercialiadoras pequeña.

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