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El pasado jueves, la Sala Tercera del Tribunal Supremo nos dio traslado de la ampliación del Expediente Administrativo realizada por el Ministerio de Industria en relación con el recurso contra la Orden Ministerial de parámetros retributivos.

En concreto, se nos daba traslado de más de 150.000 páginas de documentación sobre energías renovables, residuos y cogeneración. Nada más acceder, nuestra atención se dirigió a buscar los Informes encargados a las consultoras internacionales Roland Berger y Boston Consulting Group, que supuestamente iban a servir de base para la adopción de la Orden, tal como declaraba el Ministro de Industria, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de 20 de septiembre de 2013:

“En relación con la primera pregunta, respecto a cuándo Roland Berger y Boston Consulting Group van a finalizar el estudio sobre los estándares de coste de las distintas tecnologías para, a partir de ahí, fijar la retribución razonable, muy probablemente estará en la primera quincena del mes de noviembre, de tal forma que dé tiempo perfectamente a que, una vez que han sido estimados, se pueda establecer a partir del 1 de enero del año 2014 esa retribución razonable sobre esos estándares de coste.”

Pues bien, para nuestra sorpresa, el Expediente sólo contenía uno de los dos Informes, el de Roland Berger, y venía fechado de 31 de octubre de 2014, más de 4 meses después de la publicación de la Orden y más de 8 meses después del envío de la primera propuesta de Orden Ministerial a la CNMC. Y respecto a Boston Consulting, en el Expediente sólo aparece una Resolución del Consejo de Administración del IDAE en la que da por incumplido el contrato, por concurrir “causa de resolución imputable a dicha mercantil”, que tiene fecha de 25 de febrero de 2015 (casualmente, fecha posterior a la excusa de los 20 GB).

Daniel Pérez.
Daniel Pérez.

Sin perjuicio de las acciones penales que puedan adoptarse contra los responsables del Ministerio y de las movilizaciones que se convoquen, por haberse gastado el dinero en encargar unos Informes que después no se han utilizado, ¿cómo afecta judicialmente el hecho de que el Ministerio se haya quedado sin el principal sustento de sus cálculos para el recorte a las renovables?

La estrategia que seguiremos en HOLTROP SLP tendrá dos elementos clave. Primero, solicitaremos una nueva ampliación del Expediente, ya que éste continúa estando incompleto. Ello se debe a que el expediente sigue sin contener la metodología y fuentes primarias empleadas para realizar los cálculos de los parámetros retributivos. Es cierto que en el Expediente que ahora se ha ampliado, hay datos sobre diferentes instalaciones, enviados por las patronales del sector, pero en ningún momento se dice qué uso se ha hecho de esos datos. Si, por ejemplo, hay varias plantas con la misma IT cuyos costes de inversión difieren, ¿se ha hecho una media de las dos? ¿Se ha cogido la más barata? ¿La más cara? ¿La que sea de una fuente más fiable?

Además, también falta toda la documentación previa sobre los Informes de Roland y Boston. Por ejemplo, cabe preguntarse, ¿por qué ha incumplido Boston? Cuesta creer que una consultora del prestigio de Boston haya estado meses sin hacer nada y que por eso haya incumplido. Más bien podría ser que al Ministerio no le han gustado los números que le presentó Boston y por ello ha considerado que Boston ha incumplido el contrato. Toda esa información resulta esencial para la resolución de los litigios, ya que si una consultora internacional no está de acuerdo con los números de la Orden, ello supondría un espaldarazo a nuestras tesis de que la Orden incurre en arbitrariedad contraria a Derecho.

Segundo, realizaremos un nuevo estudio pericial, con los datos de las más de 1.250 instalaciones que usamos para nuestro primer peritaje, pero esta vez aplicando la metodología empleada por Roland Berger en su Informe, con la finalidad de demostrar las incongruencias y arbitrariedades de la Orden Ministerial.

A medida que avanzan los acontecimientos, crece mi convencimiento personal de que cuando el Ministerio hizo sus cálculos para rellenar las tablas de los parámetros retributivos de la Orden Ministerial, no tenía como objetivo que todas las instalaciones de España tuvieran una rentabilidad del 7,39%, sino que su único objetivo era que el recorte retributivo ascendiera a 3.000 millones de euros. No importa que con el nuevo sistema, haya instalaciones que tengan una rentabilidad del 2% y otras del 18%, o que la rentabilidad media esté en torno al 5-6%, y no al 7,39%. Y claro, para recortar 3.000 millones de euros no se necesitan informes. Lo que está por ver ahora es si una Orden de parámetros elaborada sin informe técnico alguno, o al menos sin que se ponga en conocimiento del Tribunal o de los recurrentes informe técnico alguno, pasa el filtro del Tribunal Supremo Español.

Daniel Pérez Rodríguez es socio del bufete HOLTROP S.L.P. Transaction & Business Law.

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4 comentarios

  • Alberto Estévez

    18/03/2015

    Buen análisis. Se demuestra una vez mas la diferencia entre optimizar y recortar. Efectivamente para lo segundo no se necesita informe alguno y es recomendable que no intervenga nadie que sea conocedor o experto del asunto a tratar.
  • AI

    18/03/2015

    Muy clarificador sobre el estado de la cuestión.
    Y una muestra más de la falta de una cultura de regulación independiente en España tipo anglosajón
    Estaremos en Europa en el s XXI pero las formas caciquiles imperantes son más propias de los gobiernos de la Restauración del siglo XIX
  • xiaw9k03

    19/03/2015

    Pero alguien confía en la imparcialitat del TS? Pero si son los mismos...
  • Justo.Justo

    19/03/2015

    Suerte Fotovoltáicos y Renovables, las mentiras tan burdas tienen su fin. Cuando ya no puedes demostrar nada, sino que has actuado de mala fé (me refiero al Ministerio y todo este entramado y montaje), pues tienes los días contados. Animo a todos

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