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Todo lo que has de saber sobre la nueva Ley de Tráfico

Desde hoy, la nueva Ley de Tráfico sale con varios cambios importantes relacionados con el permiso por puntos

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Tras meses de enmiendas y modificaciones, la nueva Ley de Tráfico sale con varios cambios importantes relacionados con el permiso por puntos, la velocidad de adelantamiento y otros asuntos relevantes para los usuarios de las carreteras españolas.

Ya es oficial. Desde hoy lunes 21 de marzo los conductores de toda España estarán regidos bajo una nueva Ley de Tráfico repleta de nuevas normas que afectarán a todos los vehículos de la vía, desde los automóviles hasta las motos pasando por los ciclistas y los usuarios de patinetes eléctricos. Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) aseguran que esta es una “Ley que apuesta por el futuro al incluir en su articulado referencias al medioambiente y al vehículo autónomo”. Sin duda así parece pero para comprenderla mejor, vamos a repasar sus puntos más importantes:

Zonas de Bajas Emisiones

Es uno de los temas que más nos toca en este medio pues antes de que llegue el próximo 1 de enero de 2023 entrará en vigor uno de los puntos más importantes de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética: la obligación de que los municipios de más de 50.000 habitantes establezcan una Zonas de Bajas Emisiones. Y ojo, porque entrar sin estar autorizado o tener un vehículo que cumpla los requisitos será contabilizada ahora como una infracción grave, siendo sancionada con 200 euros por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.

Adiós al margen de 20 km/h

Es probablemente la medida que más polémica ha suscitado ya que se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Según la DGT 2 de cada 3 siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vía. Esta supresión va en consonancia con el principio de Sistema Seguro de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos son uno de ellos. “Somos conscientes de que hay un gran debate abierto sobre los 20 km/h; déjennos un año para ver cómo evoluciona; los datos nos darán la respuesta", avanzo el director de Tráfico, Pere Navarro, recientemente en un desayuno informativo organizado por Europa Press, justificando esta medida en que la velocidad también es una de las principales causas de accidentes de tráfico.

El móvil, bien guardado

Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales, por eso, la DGT ha querido endurecer algunas conductas como la de llevar el móvil cerca. Desde ahora aumenta de 3 a 6 los puntos por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.

Cinturón de seguridad y elementos de protección

Aumenta de 3 a 4 los puntos por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.

Alcohol, cero tolerancia

Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0, tanto en sangre como en aire espirado. Es una infracción que no cambia, sigue tipificada como muy grave: 500 euros de multa. Igualmente, desde el próximo 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque (alcoholock), estarán obligados a utilizar estos dispositivos. La normativa europea, Reglamento (UE) 2019/2144, establece la obligación de que lleven este interfaz los vehículos homologados a partir del 06/07/2022 y matriculados nuevos a partir del 06/07/2024.

Ciclistas y patinetes

Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a retirar cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas. En lo que les concierne a los propios ciclistas, desde ahora es obligatorio el uso del casco, incluyendo los que emplean patinetes. Pierden además la preferencia en los pasos de cebra y tampoco la tienen en las aceras o zonas peatonales.

Motoristas

Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

Lanzar objetos a la vía

Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros.

Recuperación y cursos

Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil su comprensión y comunicación. Se podrán recuperar 2 puntos del carnet por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Aunque una Orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir, desde la DGT confían en que estos cursos se están consolidando como una buena práctica y suponen una formación adicional para los conductores.

Eliminar el fraude

Relacionada con el punto anterior, se introduce como infracción muy grave sancionada con 500 euros, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.

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