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Parques eólicos e incendios: desmontando mitos y aclarando la legislación

Tras la ola de incendios, las redes sociales se han llenado de acusaciones falsas contra los desarrolladores de parques eólicos en España de ser los autores

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Tras los graves incendios que han golpeado a nuestro país en las últimas semanas, ha vuelto a circular en redes sociales un tema recurrente que, cada cierto tiempo, reaparece con fuerza.

Algunos discursos en redes denuncian que algunos incendios forestales podrían estar vinculados a intereses económicos relacionados con la instalación de parques eólicos en los terrenos quemados. Una acusación mayúscula dada la tragedia de la que estamos hablando.

Sin embargo, la normativa española y la propia lógica del sector muestran que esta idea carece de fundamento.

Contexto legal

Uno de los principales argumentos que se esgrimen detrás de estas acusaciones es que los terrenos calcinados son después recalificados para la instalación de parques eólicos.

Sin embargo, la realidad es que los parques eólicos no requieren una recalificación del suelo para construirse. En la mayoría de las normas urbanísticas autonómicas es suficiente con una calificación excepcional o autorización de uso excepcional en suelo no urbanizable.

A diferencia de desarrollos urbanísticos o industriales, pueden levantarse en terrenos rústicos o forestales siempre que obtengan una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable emitida por la autoridad competente (la comunidad autónoma para instalaciones inferiores a 50 MW y el Ministerio para los de mayor potencia).

Tras las construcción del parque, el terreno mantiene su carácter original, ya sea forestal, agrícola o ganadero. Además, la ocupación física de las instalaciones es reducida, normalmente inferior al 5% de la superficie y se limita al mínimo necesario para un montaje eficiente. Siempre que es posible, incluso se aprovechan los viales existentes para minimizar el impacto.

El resto del espacio puede seguir dedicándose a cultivos, ganadería u otras actividades económicas.

Imagen creada con IA.

La Ley de Montes y los terrenos incendiados

Aun con todo, conviene aclarar lo que dice la legislación respecto a la recalificación de terrenos quemados. La Ley de Montes establece que un terreno forestal que haya sufrido un incendio no puede cambiar de uso durante los 30 años posteriores.

Solo el Parlamento competente (a sea autonómico o estatal, en función de la titularidad y las competencias) podría autorizar una excepción mediante la aprobación de una norma específica.

Este punto es clave: un proyecto eólico no implica un cambio de uso del suelo, por lo que los incendios no lo hacen más viable. Si un parque ya era ambientalmente inviable antes del fuego, seguirá siéndolo después. El incendio no convierte un terreno en apto para la instalación de aerogeneradores ni exime del trámite ambiental. Ni siquiera facilita el proceso.

Más problemas que beneficios

Lejos de facilitar la construcción de nuevos proyectos, los incendios suponen un obstáculo para el desarrollo de la energía eólica. Pueden dañar instalaciones ya en funcionamiento, incrementar los costes de futuros proyectos por las tareas de limpieza y reforestación, y complicar la tramitación administrativa, ya que las autoridades las autoridades pueden tender a extremar la cautela antes de conceder una DIA en terrenos afectados por el fuego.

Además, las Declaraciones de Impacto Ambiental se evalúan siempre en relación con el estado original del terreno, no con el resultado posterior a un incendio.

Por lo tanto, una zona quemada no ofrece ninguna ventaja para la obtención de permisos. Más bien, al contrario.

Desmintiendo bulos: los incendios no allanan el camino a las renovables
La ley bloquea durante 30 años el uso de terrenos quemados para este tipo de proyectos.

La eólica como aliada en la prevención

Los parques eólicos, de hecho, pueden contribuir a la prevención y detección temprana de incendios. Sus accesos y caminos internos funcionan como cortafuegos y, al mismo tiempo, proporcionan vías adecuadas y en buen estado para que los equipos de extinción puedan intervenir con rapidez.

Además, los sistemas de monitorización instalados en los aerogeneradores ayudan a detectar conatos y el personal que trabaja en las instalaciones actúa como primera línea de alerta en caso de emergencia.

Desde el punto de vista económico, los ingresos que generan estas infraestructuras para ayuntamientos y comunidades autónomas pueden destinarse a labores de gestión forestal, programas de formación ciudadana en prevención y refuerzo de la seguridad frente a incendios.

A ello se suma que los promotores eólicos tienen un interés directo en evitar cualquier fuego. Las instalaciones representan inversiones millonarias, y el riesgo de que el fuego las afecte convierte a sus propietarios en los primeros interesados en preservar el entorno. Cuidar el territorio es, en este caso, una forma de proteger su propio patrimonio.

Conclusión

Los incendios forestales no facilitan la instalación de parques eólicos. Estos proyectos no requieren la recalificación del suelo  y siempre requieren una evaluación ambiental favorable.

La prioridad debe ser la recuperación de los montes quemados, y en esa tarea los parques eólicos pueden convertirse en aliados, gracias a su papel en la vigilancia, la creación de cortafuegos y los recursos económicos que aportan a las comunidades locales.

Un artículo de Sergio Fernandez Munguía, autor de Windletter. Puedes suscribirte a Windletter aquí.

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