Red Eléctrica de España (REE) percibirá 82,6 millones de euros en 2023 por operar el sistema eléctrico, mientras que Enagás recibirá 27,94 millones por operar el sistema gasista el año entrante, según sendas resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La resolución sobre la retribución al operador eléctrico publicada el lunes incluye los precios a repercutir a los agentes en 2022 para la financiación del operador del sistema.
REE
El precio variable de aplicación a los programas de energía asociados al periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 a partir del cual se establece la cuota variable en 2023 ascenderá a 0,15971 euros/MWh.
En cuanto a la retribución del gestor técnico del sistema gasista para 2023, la CNMC la fija en 27,94 millones de euros, prorrogando así la del ejercicio anterior, según la resolución aprobada este martes en el BOE.
Además, esta segunda resolución recoge la cuota para la financiación de la retribución del gestor técnico del sistema en 2022, que se mantendrá en el 1,093%.
Este porcentaje se aplica sobre la facturación de los peajes y cánones de los servicios básicos de acceso a las instalaciones de transporte, distribución y plantas de gas natural licuado (GNL), así como sobre la de los cánones de los servicios básicos de acceso a los almacenamientos subterráneos, que deberán recaudar las empresas transportistas, distribuidoras y el gestor técnico del sistema.
Retribución para Enagás
En fecha 9 de enero de 2020, la CNMC aprobó la Circular 1/2020, por la que se establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista. En ese momento, la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista se determinó para años naturales.
Para permitir la coordinación temporal de la retribución del gestor técnico del sistema gasista con las demás retribuciones de actividades reguladas del sector gasista, la CNMC está tramitando una modificación de la circular para determinar la retribución para cada 'año de gas', que comprende desde el 1 de octubre del año anterior al 30 de septiembre de ese año.
La retribución del gestor técnico del sistema es la única que aún no ha pasado al año de gas, mientras que la retribución del resto de actividades reguladas del sector gasista, así como las liquidaciones, se realiza por 'año de gas', a efectos de la coordinación con la metodología de peajes y cánones.
Con fecha 16 de diciembre de 2021, el organismo que preside Cani Fernández comunicó al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico una previsión de las circulares de carácter normativo para tramitar y aprobar en 2022, señalando dentro de dicha previsión la modificación de la Circular 1/2020, de 9 de enero, de la CNMC, por la que se establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista.
Así, a través de esta modificación, la retribución del gestor técnico del sistema gasista pasaría a determinarse para cada 'año de gas'.
Adicionalmente, se añadiría un término transitorio a la fórmula de la retribución del gestor técnico del sistema gasista destinado a retribuir el coste del gestor en relación con el sistema de garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables. La primera retribución por 'año de gas' será la correspondiente al 'año de gas' 2024, que se establecería para el periodo temporal del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024.
No obstante, la circular que modifica la Circular 1/2020, de 9 de enero, por la que se establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista, aún no ha podido ser aprobada.
Tras sustanciarse el trámite de audiencia, con fecha 28 de octubre de 2022 la propuesta de circular se envió al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para su remisión al Consejo de Estado, por trámite de urgencia. Pero a fecha actual, no se ha recibido el dictamen del Consejo de Estado.
Al no haberse aprobado aún la circular, tampoco es posible que la CNMC apruebe la propuesta de resolución por la que se establece la cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista para 2023 y para el 'año de gas' 2024, así como la cuota para la financiación del año 2023.
Con arreglo a dicha propuesta, la retribución y la cuota del año 2023 se establecerían para el periodo temporal del 1 de enero al 30 de septiembre, al ser este el año de transición entre años naturales y años de gas.
Por ello, estando próximo el comienzo del año 2023, la CNMC considera que resulta necesario establecer una retribución provisional del gestor técnico del sistema y una cuota provisional para su financiación, desde el 1 de enero hasta que surta efectos la citada resolución.
Por lo cual, se procede a prorrogar la retribución del gestor técnico del sistema y la cuota para su financiación establecida en la resolución de 16 de diciembre de 2021, de la CNMC, por la que se establece la cuantía de retribución para 2022 y la cuota para su financiación.
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