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TotalEnergies apela una sentencia que le obliga a informar de las emisiones de sus clientes

La energética estima que "no parece conforme a los objetivos de la ley, ni a los principios de seguridad jurídica y libertad de empresa"

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La petrolera gala TotalEnergies ha anunciado que apelará una sentencia judicial francesa que obliga al grupo a dar cuenta de las emisiones de gases de efecto invernadero de los clientes a los que vende hidrocarburos o productos petroquímicos, y no solo de las que genera directamente por su actividad.

"Tras la deliberación de su Consejo de Administración, TotalEnergies decidió interponer un recurso de apelación contra la sentencia dictada el 25 de junio de 2026 por el tribunal judicial de París en el procedimiento iniciado por ciertas asociaciones sobre la base de la ley francesa sobre el deber de vigilancia", ha explicado la compañía en un comunicado.

Los motivos que esgrimirá son, en particular, dos, empezando por la consideración de que "el cambio climático, al ser un fenómeno global, no entra en el ámbito de aplicación de la ley sobre el deber de vigilancia".

"De hecho, el la Fiscalía estimó que el cambio climático es un fenómeno mundial que es 'asunto de todos, pero esencialmente una responsabilidad de la comunidad internacional de Estados'", precisa el comunicado.

En segundo lugar, TotalEnergies indica que la normativa busca responsabilizar a las empresas sobre los riesgos de vulneración derivados de sus actividades, las de sus filiales y las de sus proveedores y subcontratistas, "pero no contempla las actividades de sus clientes sobre las cuales la empresa no dispone de control".

"No es TotalEnergies quien decide si un automovilista elige circular con gasolina, biodiésel o con un vehículo eléctrico. En cambio, TotalEnergies se asegura de que cada automovilista pueda encontrar la energía que desee para su vehículo", argumenta la compañía.

El programa de TotalEnergies

Por esos motivos, estima que imponer a empresas energéticas, al igual que a las de defensa, aeronáutica o automoción, un control de los riesgos derivados del uso de sus productos por parte de sus clientes "no parece conforme a los objetivos de la ley, ni a los principios de seguridad jurídica y libertad de empresa".

"Desde este punto de vista, conviene señalar que la directiva europea sobre el deber de vigilancia no incluyó las actividades de los clientes en su ámbito de aplicación", se subraya en el comunicado.

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El Tribunal Judicial de París se pronunció en junio pasado en respuesta a un procedimiento de cuatro organizaciones ecologistas y del Ayuntamiento de París, en el que falló parcialmente en contra de TotalEnergies aunque no le impuso, como querían los demandantes, un programa preciso para reducir esas emisiones.

Los jueces consideraron que las emisiones de sus clientes son resultado de su actividad y, por eso, obligó a la compañía a publicar un nuevo informe antes del 21 de enero del año próximo que las contemple, dentro del plan de vigilancia medioambiental que tiene que elaborar para cumplir una ley francesa de 2017.

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