El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón a CCOO frente a la decisión de la dirección de Petronor de eliminar la licencia retribuida de 10 días de nacimiento recogida en convenio.
La central sindical ha señalado que la historia "viene de largo", ya que el 29 de octubre de 2019 el Juzgado de lo Social número 7 de Bilbao ya atendió su reclamación pero Petronor decidió recurrir.
CCOO ha precisado que el 10 de marzo de 2020 la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco les volvió a dar la razón, pero hubo un nuevo recurso por parte de la empresa.
"Ahora acabamos de recibir la noticia: es el Tribunal Supremo quien vuelve a dar la razón a CCOO, desestimando una vez más, y ya van tres, el recurso interpuesto por la dirección de Petronor", ha señalado.
La decisión para Petronor
Además, ha indicado que es firme la sentencia que "tumba" la decisión de la dirección de considerar absorbida por la nueva ley, la licencia de 10 días que estaba recogida en convenio por nacimiento de hijo/a tanto para los empleados, como para las empleadas.
Esta sentencia reconoce que la licencia recogida en convenio supone "una mejora" respecto a los días correspondientes por la nueva ley en los casos de paternidad o maternidad y que, en ningún caso, "se puede considerar absorbida una por otra, argumento principal de la dirección de Petronor, junto con que esta licencia de nacimiento sólo se debía aplicar al personal masculino".
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