Un juzgado de Sevilla ha determinado que la compañía Endesa incurre en cláusulas abusivas al cobrar por el alquiler de sus nuevos contadores una tarifa que sólo es aplicable si estos tienen habilitadas las prestaciones propias de telegestión.
Según ha informado en un comunicado la organización de consumidores Facua, así se recoge en una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Sevilla tras una demanda interpuesta por dicha federación dentro de la campaña de ámbito nacional que desarrolla para promover que los usuarios lleven a los tribunales a las eléctricas ante dichas cláusulas "abusivas".
Facua-Consumidores en Acción ha denunciado, a través de esta campaña, que las eléctricas "hinchan" un 50% las tarifas del alquiler de contadores, lo que les reporta "beneficios extra de decenas millones de euros anuales".
"Se trata de un fraude masivo que lleva años produciéndose ante la pasividad del Ministerio de Industria y las autoridades de consumo de las comunidades autónomas, que han hecho caso omiso a las denuncias de Facua, lo que obliga una vez más a judicializar un fraude masivo contra los consumidores", ha argumentado.
En la sentencia, la jueza condena en costas a Endesa y le obliga a reembolsar a la usuaria que denunció 14,46 euros cobrados en exceso por el alquiler de su contador desde que la compañía se lo instaló hasta que habilitó el sistema de telegestión cuatro años después.
El auto señala que las prácticas de Endesa representan cláusulas abusivas al imponer "el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente" y tratarse de una "estipulación que prevea el cobro por productos o servicios no efectivamente usados".
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