El reconocimiento en el Congreso de los Diputados por el Ministro de Energía de errores de diseño en el proyecto del almacén de gas Castor añade gravedad a la anulación de la compensación a la concesionaria decretada por el Tribunal Constitucional y exige una investigación sobre la pésima gestión política y empresarial del sistema gasista.
La sentencia del Tribunal Constitucional, de 21 de diciembre de 2017, declaró inconstitucionales y nulos los artículos 4, 5 y 6 del RDL 13/2014, dejando sin efecto las consecuencias económicas de la extinción de la concesión de la instalación de almacenamiento de gas Castor. Los artículos anulados se refieren tanto a la compensación por Enagás a ESCAL UGS, S.L., participada por ACS, de 1.350 millones en 35 días con cargo a los peajes de gas durante los próximos 30 años, como a los costes de operación y mantenimiento de la instalación a cargo de Enagás que, una vez auditados, se trasladarán a los peajes.
El TC aduce que no se ha expuesto ninguna justificación por la que el pago se tuviera que realizar en términos y plazo tan perentorios como para excluir el procedimiento legislativo ordinario. Esta consideración afecta a la condición que el RD 855/2008 estableció para la compensación, en el supuesto de extinción de la concesión, que no sería de aplicación en caso de dolo o negligencia imputable a la concesionaria, algo que nadie ha tenido interés en investigar pero que el artículo 2.4 del RD 13/2014 da un plazo de diez años para hacerlo y, en su caso, exigir responsabilidades.
La CNMC ha suspendido el pago a los bancos que adquirieron los derechos de cobro y, por la misma razón, a Enagás los costes de mantenimiento. La batalla judicial está servida. La inconstitucionalidad del pago de Castor debería derivar en una investigación sobre cómo se gestó el proyecto para acabar en una ruina ambiental y económica y en un desprecio injustificable a los consumidores.
Lo que más sorprende de Castor es que nadie haya cuestionado que sean los consumidores los únicos responsables de una factura que empezó por 1.350 millones y nadie sabe a cuánto ascenderá finalmente. Lo cierto es que, una vez que en el RD 855/2008 se integra Castor como infraestructura básica del sistema gasista, todos sus costes se trasladan automáticamente a los peajes. Termine como termine, el resultado será el mismo y serán los consumidores quienes carguen con el coste íntegro de Castor.
Si hay alguna duda solo hay que leer la Orden ministerial que establece los peajes del gas para 2018, que el BOE publicó el pasado 27 de diciembre. Su articulado es una relación de los desaguisados del sistema gasista y sus correspondientes anualidades que se trasladan a los peajes: regasificadora de El Musel 23,5 millones, almacén Castor 96,3 millones, déficit de 2016 del sistema gasista 90 millones, ampliación regasificadoras de Cartagena y Huelva 60,8 millones, laudo arbitral que condenó a Gas Natural por desviación de la retribución del gas de
Sonatrach 33,5 millones, déficit acumulado a 2014 del sistema gasista 79,4 millones y 5,4 millones del déficit de 2015. En total, más de 338 millones de euros sobre unos costes previstos de 3.017 millones para 2018.
Pero llueve sobre mojado. El RDL 13/2012 advertía de la existencia en 2011 de un déficit del 10% en el sistema gasista y una sobrecapacidad del 40% de sus infraestructuras con un descenso continuado de la demanda de gas desde 2007; en consecuencia, se paralizaron las inversiones en nuevas infraestructuras. Dos años más tarde, la Ley 18/2014 constató que el consumo de gas seguía bajando y que hasta después de 2020 no se recuperaría la demanda de 2008, definiendo esta situación como “déficit estructural del sistema gasista”. En sus artículos 59, 60 y 61, se aprobó que todos los déficits se trasladarían automáticamente a los peajes.
A pesar de estar diagnosticado desde hace seis años, el déficit sigue ahí y creciendo porque se pretende construir más infraestructuras gasistas, a pesar de que la moratoria que estableció el RDL 13/2012 sigue vigente. La interconexión gasista con Francia (Midcat), la regasificadora de Granadilla (Tenerife), las infraestructuras de Doñana o la gasificación de Menorca y Tenerife adolecen de los mismos errores cometidos hasta ahora.
El informe negativo de la CNMC de 7 de septiembre de 2017, sobre la regasificadora de Granadilla, concluye que sin un estudio que demuestre que hay demanda de gas suficiente y un estudio que justifique su viabilidad económica y lo que costará a los consumidores, no se puede autorizar su construcción porque acabará siendo un sobrecoste para el sistema que pagarán los contribuyentes y consumidores. Esta es la mejor explicación sobre el origen del denominado “déficit estructural del sistema gasista”.
Si se tiene en cuenta que las inversiones gasistas se han hecho en régimen liberalizado, resulta incomprensible que los peajes se hayan convertido en un pozo sin fondo con opacidad manifiesta.
Los peajes son un gran sistema de socialización de pérdidas para un sistema concesional que establece garantías para todos excepto para los consumidores. ¿Qué pasará con la depreciación de los activos gasistas o la compra de la red de distribución por inversores extranjeros? Si Castor exige una investigación, la protección de los consumidores requiere otra investigación sobre el “déficit estructural del sistema gasista”, tal como lo define la Ley 18/2014.
Javier García Breva es Asesor en políticas energéticas, presidente de N2E y Miembro del Consejo Editorial de El Periódico de la Energía.