Renovables  ·  Política energética

Bélgica embarga 482 millones a España por los impagos de las renovables

La justicia belga bloquea esta cantidad de dinero a la empresa pública Enaire en concepto de tasas a Eurocontrol

Ningún comentario

España afronta una nueva consecuencia derivada del impago de las indemnizaciones correspondientes a los afectados por la retirada retroactiva de las primas a las energías renovables. El embargo ejecutado por la justicia belga, autorizado como mecanismo de compensación para garantizar el resarcimiento de los acreedores, asciende a 482 millones de euros.

Esta intervención se enmarca en los procedimientos iniciados en relación con el caso OperaFund, en virtud del cual se reclama la ejecución de un laudo arbitral dictad a favor de la compañía.

OperaFund obtuvo en 2019 una resolución vinculante ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), tribunal de arbitraje del Banco Mundial al que España está adherida. El laudo se emitió conforme al Tratado de la Carta de la Energía, del que España era Estado firmante en el momento en que realizó los recortes retroactivos que motivaron las reclamaciones.

Ante la decisión del Gobierno español de no abonar la indemnización, OperaFund emprendió las acciones necesarias para asegurar el pago por otras vías, recurriendo a tribunales de diversas jurisdicciones para embargar bienes y créditos del Estado. El monto adeudado en este caso asciende a 29,3 millones de euros, cifra a la que hay que sumar 7,5 millones en concepto de intereses de demora.

En este contexto, el equipo jurídico del fondo presentó una demanda ante los tribunales de Bélgica solicitando la intervención de los pagos que el organismo europeo de navegación aérea, Eurocontrol, realiza periódicamente al proveedor estatal español de servicios de control aéreo, Enaire, cuya sede y cuentas operativas se encuentran bajo jurisdicción belga.

El redactor recomienda

La justicia dio luz verde a esta petición, al considerar que el embargo constituye una vía legítima para garantizar la compensación de los afectados por el impago.

Como consecuencia de esta decisión de la magistratura belga, se han bloqueado 482,4 millones de euros que, en lugar de transferirse a Enaire, quedan ahora inmovilizados, a la espera de un posible recurso y con vistas a ser transferidos a los acreedores para resarcir las deudas existentes con los acreedores.

Cabe recordar que, en julio de 2025, la compañía japonesa Eurus Energy, filial del grupo Toyota, inició un procedimiento similar que también se resolvió a su favor, resultando en un embargo de más de 207 millones de euros. En dicho proceso, la deuda existente asciende a 106,2 millones de euros de indemnización pendiente de pago, una cifra a la que se deben sumar otros 9,4 millones en concepto de intereses de demora.

Una deuda creciente

La deuda generada por estos impagos continúa incrementándose, con el consiguiente coste para el erario público. Las sucesivas victorias judiciales obtenidas por los acreedores en jurisdicciones como Estados Unidos, Australia, Reino Unido o Bélgica ponen de manifiesto la consistencia y viabilidad de la estrategia de registro y ejecución de las sentencias, todas ellas dictadas en procedimientos de arbitraje internacional de obligado cumplimiento para España.

Asimismo, la acumulación de intereses de demora está agravando el problema y generando una deuda exclusivamente imputable a la decisión del actual Gobierno español de no proceder al pago de las indemnizaciones, incumpliendo de este modo sus obligaciones en materia de derecho internacional y tratados internacionales.

Las empresas afectadas reiteran su disposición a alcanzar un acuerdo con el Gobierno que permita poner fin a esta prolongada litigiosidad y a restaurar un clima básico de seguridad jurídica y certidumbre para la inversión internacional. Cabe recordar que la inversión extranjera recibida por España en 2025 (enero-septiembre) experimentó un retroceso del 28 por ciento en relación con el ejercicio anterior y se situó en su nivel más bajo desde 2021.

Condenas en EEUU y Australia

A diciembre de 2025, el importe total pendiente de pago con las 27 empresas afectadas por los recortes asciende a 1.754,7 millones de euros, cifra a la que se suman 297,6 millones en intereses de demora y 238,7 millones adicionales en costas, honorarios legales y otros sobrecostes derivados de la estrategia de impagos seguida por el Estado español.

Así pues, hablamos de una deuda creciente que alcanza ya los 2.292 millones de euros y se encarece a un ritmo diario de más de 100.000 euros.

Durante la segunda mitad de 2025, los tribunales de Estados Unidos reconocieron y registraron los laudos correspondientes a siete procedimientos: Cube, Watkins, Antin, RREEF, 9REN, NextEra e InfraRed. En total, la justicia estadounidense ha validado una deuda exigible de 691,2 millones de euros, habilitando a los acreedores a activar los mecanismos legales de ejecución disponibles en ese país. Ante esta cascada de resoluciones adversas, el Gobierno español ha recurrido al Tribunal Supremo, mientras que los inversores han iniciado un procedimiento formal de rastreo de bienes (discovery order) para identificar activos del Estado susceptibles de embargo dentro de la jurisdicción norteamericana.

Paralelamente, la ofensiva judicial avanza también en Australia. En 2025, el Tribunal Federal dictó una sentencia histórica ordenando la ejecución de cuatro laudos —los de RREEF, 9REN, Watkins y NextEra— por un importe conjunto de 469 millones de euros. La resolución rechazó de forma categórica los argumentos de inmunidad soberana presentados por España y avaló íntegramente las reclamaciones de los demandantes.

El tribunal no solo admitió la ejecución de los laudos, sino que impuso además costas procesales tanto al Estado español como a la Comisión Europea, cuya intervención fue desestimada por el juez.

Noticias relacionadas

No hay comentarios

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Todos los campos son obligatorios

Este sitio web está protegido por reCAPTCHA y la Política de privacidad y Términos de servicio de Google aplican.