Petróleo & Gas

La CNMC multa con 1,35 millones a Iberdrola por subir la tarifa de gas de forma automática

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La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha multado con 1,35 millones de euros a Iberdrola Clientes por comunicar por carta a más de 45.000 usuarios el cambio de su tarifa de gas de forma automática, sin informarles de que la nueva era más cara y de que tenían derecho a rescindir sus contratos.

Fuentes de Iberdrola aseguran a este diario que tiene previsto recurrir tanto por la imputación de falta de transparencia en las comunicaciones comerciales como por la prescripción de los hechos.

"Iberdrola presta especial atención en hacer comunicaciones transparentes y tiene en cuenta las indicaciones hechas por la CNMC en este expediente, cuyas consideraciones anteriormente no constaban en la normativa aplicable", afirman.

En términos globales, la nueva tarifa supuso para un consumidor tipo (3.000 kWh/año) un incremento de alrededor del 14 % en 2018, unos 31,5 euros (sin impuestos), ha informado el organismo supervisor en un comunicado, que añade que Iberdrola Clientes (comercializadora en el mercado libre) incurrió en una infracción grave.

El expediente se inició tras la denuncia de una asociación de usuarios después de que en enero de 2018 la compañía enviara 45.684 comunicaciones comerciales a clientes con contrato en el mercado libre indexado a la Tarifa de Último Recurso (TUR) en las que indicaba que pasarían a tener una tarifa de tipo fijo y precio estable, y que se les aplicaría un descuento del 10 % en el término fijo y en el variable durante 12 meses.

La comunicación detallaba las ventajas de la nueva tarifa y recalcaba como valor positivo su estabilidad (precio fijo) frente a la anterior (indexada al precio variable de la TUR/tarifa regulada), además de su aplicación automática y, por tanto, sin necesidad de gestiones por parte del consumidor.

Por contra, no incluyó ninguna comparación ni advertencia acerca de que las tarifas previas eran más baratas y de que el cambio a un precio fijo podía suponer una subida global que representó un incremento de alrededor del 14 %, ya que aunque el término fijo bajó el 4,53 %, el variable se disparó el 20,33 %.

Además, la comunicación tampoco mencionaba la posibilidad de rescindir el contrato al recibir el aviso de modificación de sus condiciones, información que resulta legalmente exigible, según la CNMC, contra cuya resolución cabe interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Según la misma fuente, la ha contado con los votos particulares de dos consejeros de la Sala de Supervisión Regulatoria.

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