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El Gobierno aplaude a la CNMC por su celeridad a la hora de aprobar las nuevas medidas antiapagones

El Ministerio aplaude la actuación del regulador y su plan para controlar la gestión y operación del sistema eléctrico

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Las nuevas medidas antiapagones han tenido respuesta directa por parte del Gobierno, que se ha mostrado muy satisfecho con el trabajo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Así, fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica han asegurado que "agradece la celeridad con la que el regulador, en el ejercicio de sus competencias, ha respondido a los requerimientos del Operador del Sistema (Red Eléctrica) y del propio Ministerio para adoptar las medidas necesarias y supervisar el cumplimiento de las obligaciones de todos los agentes del sistema eléctrico. En este sentido, valora positivamente la modificación de varios procedimientos operativos con el objetivo de reforzar el sistema".

La CNMC corta las alas a Red Eléctrica y sólo aplicará las nuevas medidas antiapagones durante 30 días o un máximo de 3 meses
El operador del sistema había solicitado poder cambiar los cuatro procedimientos de operación para siempre, pero el regulador prefiere trabajar con el nuevo procedimiento 7.4 para controlar la tensión y ve que no hace falta más medidas.

Plan de trabajo

Así mismo, estas mismas fuentes "agradecen a la CNMC que lance un plan de trabajo para analizar el comportamiento de las instalaciones que actualmente deben prestar el servicio de control de tensión y para agilizar los procesos de habilitación de los sujetos que prestarán dicho servicio, de acuerdo con la revisión del PO 7.4, al objeto de implementar esta solución estructural para el control de tensión con la mayor celeridad posible".

La CNMC pondrá en marcha un plan de trabajo para abordar medidas adicionales, si fuesen necesarias, promoviendo un análisis conjunto con los distintos sujetos y operadores del sistema, con el fin de reforzar la coordinación en el contexto actual del sistema eléctrico.

Asimismo, el regulador podrá suspender antes del vencimiento del plazo previsto, o de las prórrogas del mismo, la aplicación de cualquiera de los cambios aprobados en case de que se aprecie que ya no sean necesarios o que considere que su suspensión "sea conveniente" para preservar el correcto funcionamiento del mercado eléctrico.

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