Renovables

El TSJC confirma la legalidad de Salto de Chira, la gran apuesta renovable de Gran Canaria

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha corroborado la autorización concedida en 2021 a Red Eléctrica para construir en Gran Canaria el Salto de Chira, una central de bombeo de 200 megavatios llamada a potenciar las energías renovables en la isla, al garantizar su almacenamiento y continuidad.

En una sentencia hecha pública este lunes, aunque fechada en julio, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC desestima el recurso presentado por Turcón-Ecologistas en Acción contra la autorización y utilidad pública de esta central hidroléctrica, que aprovecha dos embalses ya existentes, las presas de Chira y Soria.

Tomando como percha legal esa autorización, los ecologistas impugnaban ante la Sala la declaración de impacto ambiental favorable a las obras, a las que achacaban múltiples deficiencias y reprochaban el no haber ponderado adecuadamente los valores naturales de la zona.

El Salto de Chira se diseñó como una gran pila para energías renovables, que permitirá almacenar toda la energía que generan los parques eólicos (incluyendo los futuros marítimos) y solares de la isla cuando no hay demanda, para volver a utilizarla en aquellos momentos en los que se necesite.

El proyecto del Salto de Chira

En síntesis, la central funcionará de esta manera: la energía verde "sobrante" se empleará para bombear agua desde la presa de Soria a la presa de Chira, situada a mayor altura. Cuando el sistema eléctrico de la isla la necesite de nuevo, el agua de Chira se dejará caer hacia la de Soria a través de una red de turbinas, que la transformarán de nuevo en un suministro estable de electricidad.

Según el proyecto, el sistema puede almacenar en forma de agua hasta 3,5 gigavatios de energía, gracias al cual Gran Canaria podrá abastecer de forma permanente su consumo de electricidad con renovables en una tasa de cobertura de entre el 50 y el 70%.

Ecologistas en Acción achacaba al proyecto (y a la misma central) una serie de impactos graves sobre el medio ambiente que, a su juicio, la declaración favorable no había evaluado.

Entre otras cosas, alegaba afecciones geológicas, cambios hídricos en las dinámicas de los acuíferos del barranco de Arguineguín, riesgo para la salud humana por el ruido y polvo de las obras o peligro par superviviencia de especies animales como el halcón tagarote, el alcaraván, el caracol chato o el escarabajo no volador.

La sentencia le responde que sus afirmaciones están carentes de prueba. Para la Sala, Turcón-Ecologistas en Acción esgrime una larga batería de objeciones contra la declaración de impacto del Salto de Chira, pero sin aportar un informe pericial que las demuestre.

"Centrada toda la atención en la DIA (declaración de impacto ambiental, cumple observar que no se aportan elementos probatorios que nos permitan en esta sede llegar a desacreditarla y desvirtuar el sentido de las conclusiones que alcanza", dice el magistrado ponente de la resolución, José Suay Ricón.

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La Sala resalta que, pese a lo extenso del recurso de los ecologístas (203 páginas, más 51 documentos adjuntos), "se echa claramente en falta la aportación junto a la demanda de un informe técnico de carácter pericial en respaldo de las argumentaciones vertidas en dicho escrito".

En cualquier caso, el tribunal examina cada una de las objeciones y llega a la conclusión contraria: a su criterio, la declaración de impacto valoró y respondió adecuadamente cada uno de esos riesgos.

Y la Sala añade que "no está de más recordar" que en 2019 "el Gobierno de Canarias declaró la emergencia climática en esta comunidad autónoma, en el marco de la declaración del Gobierno estatal del mismo contenido y año".

Esa declaración, recuerda, compromete al Gobierno de Canarias a adoptar todas las políticas y medidas que sean necesarias para "resolver en primera instancia la actual situación de vulnerabilidad que presenta la generación eléctrica en Canarias, en aras a garantizar la seguridad del suministro eléctrico con los niveles necesarios de calidad".

"Pero también para propiciar una adecuada transición energética en condiciones de seguridad energética, promoviendo para ello el desarrollo de las energías renovables, la implantación de sistemas de almacenamiento y la ejecución de las infraestructuras de transporte y distribución planificadas", añade el TSJC.

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