El Ministerio de Transportes ha aprobado la modificación parcial de la orden de 1997 de accesos a carreteras del Estado, vías de servicio y construcción de instalaciones de servicio para facilitar que se pongan puntos de recarga eléctrica en instalaciones de servicio junto a carreteras (restaurantes, cafeterías u hoteles).
Según ha informado el Ministerio, se ha modificado parcialmente la orden del Ministerio de Fomento de 16 de diciembre de 1997, con el fin de regular la instalación junto a las carreteras estatales de puntos de recarga eléctrica, a fin de promover el despliegue por operadores privados de una red de recarga de vehículos eléctricos.
Este departamento ha explicado que con el cambio se han querido recoger las peculiaridades de las instalaciones de recarga eléctrica, derivadas fundamentalmente de que tienen un tiempo de recarga considerablemente superior al del repostaje en una estación de servicio, lo que hace que el tráfico de vehículos en un punto de recarga eléctrico sea menor que en uno de suministro de carburante.
Además, los lugares en los que se pongan los puntos de recarga deben disponer de plazas de aparcamiento específicas para estacionar el vehículo durante el tiempo que dura la carga, de ahí que su instalación vaya asociada generalmente a instalaciones de servicios ya existentes junto a la carretera, como restaurantes, cafeterías u hoteles.
Según el Ministerio, en el caso de que la instalación de recarga se plantee como complementaria de una principal no se exigirá la adecuación de los accesos a la normativa posterior, como establece ahora, con carácter general, la disposición adicional primera de la orden de accesos.
El Ministerio considera que en estos casos la instalación de recarga eléctrica es un servicio adicional o complementario a los usuarios de la instalación principal ya existente y apenas genera tráfico añadido, por lo que no tiene generalmente afección negativa en el nivel de servicio y de seguridad viaria de las carreteras.
Por el contrario, cuando la instalación se plantea de forma autónoma, la nueva autorización sí que debe respetar la legislación y normativa en vigor.
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