La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recordado a las comercializadoras de energía eléctrica que no pueden subir los precios a los consumidores que tengan un contrato a precio fijo con el argumento del incremento de los costes tras el apagón de abril.
En una nota remitida, el organismo señala que está supervisando "la modificación por parte de algunas comercializadoras" de los citados contratos después del incremento de costes registrado en la operación del sistema eléctrico debido al "incidente" del pasado 28 de abril, en el que el sistema eléctrico registró una desconexión total de la generación y de la demanda.
Según concluye el organismo, las modificaciones de precio que los comercializadores puedan trasladar al consumidor derivados de este incremento antes de la finalización del contrato o de su prórroga "no son acordes a la modalidad de contrato a precio fijo".
Los costes del apagón
Estos encarecimientos se sustentarían, "supuestamente", en la existencia de unas cláusulas en el contrato que permiten a las comercializadoras modificar las condiciones "en cualquier momento durante la vigencia del contrato", con la única condición de comunicárselo al cliente con antelación (preaviso) y ofrecerle la posibilidad de rescindir el contrato.








Jose Luis Sancha
23/06/2025