El Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco) ha enviado al Consejo de Estado, con carácter de urgencia, el proyecto de real decreto por el que se establece una nueva metodología de cálculo de la tarifa regulada de la electricidad o PVPC, según han confirmado a EFE fuentes de este departamento.
Tal como ha adelantado_ Cinco Días_, el texto prevé que la nueva fórmula de cálculo del coste de producción de la energía regulada, que incorpora el término de ajuste y la indexación parcial a una cesta de futuros, surta efectos a partir del 1 de enero de 2024.
La reforma del PVPC es uno de los compromisos que España adquirió con la Comisión Europea para que se aprobara el tope al gas destinado a la generación eléctrica, a fin de reducir la exposición a la volatilidad del mercado diario a los consumidores con esa tarifa, y tendría que haber entrado en vigor a comienzos de año.
La tarifa PVPC
Desde su creación en 2014, este precio regulado, al que pueden acogerse los pequeños consumidores con una potencia contratada menor o igual a 10 kilovatios (kW) en cada uno de los periodos horarios existentes, se ha configurado como una de las ofertas más competitivas del mercado.
Sin embargo, esta competitividad se ha logrado "a costa de una elevada exposición de los agentes al mercado diario, socavando los incentivos a aprovisionarse por medio de instrumentos de cobertura a plazo", expone el documento remitido al Consejo de Estado.
Esto, añade, "se ha revelado como una debilidad en el contexto de la escalada alcista provocada por el efecto contagio del gas natural sobre los precios de la electricidad".
El futuro real decreto propone una señal de precios configurada como una cesta a plazo con referencia al mercado gestionado por el operador OMIP, en el que el producto mensual suponga un 10% del total; el trimestral, un 36%, y el anual, un 54%.
A su vez, defiende un marco transitorio por el cual el peso de la señal a plazo se incremente de forma gradual entre 2023 y 2025, de modo que para el primer año represente un 25% y vaya subiendo hasta alcanzar un 55% en 2025, dejando el porcentaje restante (45%) a la señal diaria e intradiaria.
El proyecto de real decreto introduce un nuevo componente en la estructura del PVPC para recoger el valor unitario del coste del bono social que deben soportar las comercializadoras de referencia.
Así, la facturación del precio voluntario para el pequeño consumidor pasaría a estar compuesto por la suma de los términos de facturación de potencia, de energía activa, de financiación del bono social y, en su caso, de energía reactiva.
Las limitaciones
El documento recoge, asimismo, la directiva del mercado interior de electricidad, que hace necesario reformular el ámbito de aplicación del PVPC y circunscribirlo sólo a consumidores domésticos y microempresas.
Esto contrasta con la redacción original de la norma, que no preveía ninguna restricción sobre el tamaño de la empresa que podía acogerse al precio regulado, sino que establecía como única limitación el límite de potencia de 10 kW, el cual seguirá manteniéndose.
La limitación del PVPC a personas físicas y microempresas no será de aplicación hasta el 1 de enero de 2024.
Una vez finalizado este periodo, las pequeñas y medianas empresas (pymes) que tengan contrato en vigor y no cumplan con los requisitos podrán continuar bajo esta modalidad hasta que se produzca el vencimiento del contrato.
El comercializador de referencia tendrá que comunicar las nuevas condiciones antes de su finalización, así como el hecho de que, si no se acredita la condición de microempresa, según la normativa europea en el momento de la renovación, ésta no se podrá llevar a cabo.
En un acto reciente, la secretaria de Estado de Energía, Sara Aagesen, avanzó que el objetivo del Ministerio es que la reforma del PVPC esté aprobada en este primer semestre.
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