Según el nuevo marco para el precio voluntario del pequeño consumidor (PVPC), cada consumidor con un contador inteligente instalado e integrado tendrá el derecho a una facturación que refleje su consumo a cada hora.
Hay por lo menos cuatro factores que influyen en los plazos de desarrollo y utilización de los sistemas inteligentes de medición de consumo eléctrico en España: (1) la instalación de los nuevos contadores, (2) las funciones de los contadores, (3) la integración de estos dentro del sistema comercial para permitir la gestión de la demanda utilizando señales económicas y (4) el desarrollo normativo pertinente. Un análisis hace evidente que, a corto plazo, para la mayoría de consumidores, no se puede esperar una gestión de la demanda basada en la medición horaria del propio consumo.
Instalación. En primer lugar, la mayoría de los consumidores no tendrán contadores inteligentes instalados este año. Pasarán varios años antes de que esto se de. La legislación actual especifica que la instalación debería llegar a 35% del parque de contadores actuales antes de finales de 2014, a otro 35% (total 70%) antes de finales de 2016 y a los últimos 30% (total 100%) antes del 31 de diciembre de 2018. A finales de 2014, se prevé 9,5 millones de nuevos equipos instalados, aproximadamente 36% del total a instalar.
Funcionalidad. Según la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC), la legislación española al respecto (Real Decreto 1110/2007) se refirió a la tele-gestión. Este es un sistema bidireccional de comunicación entre los contadores y las empresas distribuidoras que permite el acceso remoto para la lectura y la gestión de la energía y la potencia, así como para la conexión/desconexión. También debería posibilitar el intercambio de información y actuaciones entre el contador y los sistemas de las empresas distribuidoras. La implicación es que otras funciones, como la lectura de consumo en tiempo real que puedan hacer los consumidores (todavía no explícitamente contemplado en la normativa europea ni española) y la facturación por horas y no por períodos horarios, dependen de un desarrollo reglamentario posterior. No obstante, algunas distribuidoras han habilitado su página web para informar a los consumidores de sus curvas de carga, con un cierto desfase.
Integración. Una vez instalados los contadores, las distribuidoras deben completar el sistema de comunicaciones para que éstos puedan ser tele-gestionados a distancia desde sus centros de control y adaptar el sistema para que se envíen medidas horarias y no por períodos. Las empresas de distribución tendrán que asegurar que las comunicaciones con la medición horaria sean suficientemente precisas y confiables para facturar con seguridad y tendrán que facilitar la coordinación de los flujos de información entre las compañías de distribución, los consumidores y las empresas de comercialización. Entonces, para hacer uso de las facultades de gestión de la demanda, los consumidores con contadores electrónicos tendrán que esperar la integración en el sistema, no sólo su instalación. No está claro cuales son los plazos adicionales implicados hasta que no se apruebe la normativa pertinente.
_Normativa. _ Se aprovechará la nueva normativa para establecer la fecha a partir de la cual se aplicará la obligación de facturar con medida horaria y definir el mecanismo de intercambio de información entre los distribuidores y comercializadores. Se espera esta normativa para finales de este año, aunque no hay confirmación alguna de que esto se de.
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