Tras un largo proceso de evolución y desarrollo, en el año 2012 comenzó a implementarse en el Reino Unido un programa dirigido al fomento de la inversión en medidas de eficiencia energética (EE) y de energía sostenible, fundamentalmente dirigido a viviendas unifamiliares, mayoritarias en el país. El programa, denominado “Green Deal” (Pacto Verde), facilitaba a los consumidores acceder a préstamos que les permitiesen implementar medidas de EE reduciendo el consumo en sus viviendas, y amortizando dichos préstamos a través de la factura eléctrica (amortización que se facilitaría y costearía con los ahorros que dichas medidas de eficiencia supondrían en dicha factura). El programa no tuvo el éxito esperado, pero no por deficiencias del sistema de financiación, sino fundamentalmente por la falta de eficiencia del programa en aspectos burocráticos (gran volumen y complejidad de la documentación en las tramitaciones).
Elemento fundamental: On Bill Financing (OBF)
Parece un dato más dentro de la descripción del programa Green Deal: “… amortizando dichos préstamos a través de la factura eléctrica…” pero no lo fue. Constituía sin duda la pieza esencial del mecanismo que permitiría en su caso el necesario flujo de capital (interno o externo) para acometer masivamente tales inversiones en eficiencia energética. La seguridad de su repago.
Así, las compañías eléctricas, a la hora de utilizar fondos propios o bien a la hora de contactar con financiadores externos (entidades de crédito o fondos de inversión) que en su caso habrían de proveer a las mismas del capital necesario para acometer los previsiblemente innumerables proyectos de EE a desarrollar, encontraban en ese dato (el repago de la financiación de la inversión incluido en la factura eléctrica) el necesario elemento de seguridad que pudiera dar confort y por tanto convencer a accionistas, financiadores e inversores. La posibilidad del corte de suministro en caso de impago, como colateral, fortalecía indudablemente esta posición.
El dato: la ratio de impago de la factura de la luz, la más baja.
Según un informe de Intrum, las pérdidas por impago de las empresas de luz, agua y gas en Europa: (i) se situaron en 2014 en el 2,1%, (ii) se mantenían por debajo de las registradas en otros servicios, dado el carácter necesario de este suministro, y (iii) se encontraban lejos de las tasas del 4,4% registradas en los servicios profesionales, del 4,2% en educación, del 3,6% en sanidad o del 2,8% en telecomunicaciones.
El caso americano
Tomando los datos proporcionados por la American Council for an Energy-Efficient Economy (ACEEE), referidos también al año 2014, la inversión en EE mediante OBF fue de $179 millones, de los que: (a) $103 millones se destinaron al sector industrial y comercial y $76 millones al residencial y (b) $114 millones se financiaron directamente por las eléctricas y $64 millones por inversores privados. Volvemos por tanto a las dos variantes en el sistema de financiación utilizados:
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On-bill financing (OBF): dos terceras partes del programa americano se financiaron directamente por las propias compañías eléctricas, que actuaron como prestamistas del cliente final, y cobraron sus créditos directamente a través de la factura.
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On-bill repayment (OBR): La tercera parte restante fue financiada por inversores privados (entidades de crédito o fondos de inversión), los cuales utilizan para el recobro de sus inversiones a las compañías eléctricas como pass through, es decir, actuando éstas como cobradores de las correspondientes cuotas de repago de la inversión en EE, incluidas en su propia factura energética.
Primeros pasos en España
Asistí ya en el año 2012 en calidad de asesor de una entidad de crédito a diversas reuniones en el entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo, para implantar en España un modelo de financiación de medidas de EE similar (mutatis mutandis) al Green Deal británico. La finalidad principal: un esquema de OBR que permitiera incluir como un concepto de la factura eléctrica los servicios prestados al cliente final en EE.
Tras un largo proceso, actualmente, varias compañías eléctricas (Endesa, Naturgy, Iberdrola) han lanzado ya al mercado servicios de autoconsumo (fotovoltaico principalmente) que incluyen diseño, tramitación y legalización de la instalación, instalación de baterías y mantenimiento de toda la infraestructura. El esquema utilizado es el OBF, incluyendo en la factura eléctrica la cuota correspondiente a la inversión energética.
La aparición de productos que incluyan medidas combinadas (o puramente) de EE, debería aprovechar indudablemente este esquema de financiación, y combinarlo con la alternativa OBR, dando entrada a los cada vez más numerosos inversores deseosos de aportar el capital necesario para acometer las inversiones que requieren este tipo de proyectos.
Ricardo Juanes de Toledo es socio de MAIN LEGAL
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