La Generalitat de Cataluña ha introducido un nuevo impuesto que afecta a las centrales nucleares a través del proyecto de ley de medidas fiscales, conocida como ley de acompañamiento a los presupuestos.
Según consta en este anteproyecto de ley, sobre el que se ha pronunciado hoy el Consejo de Trabajo Económico Social de Cataluña (CTESC), la Generalitat pretende modificar la ley de protección civil de Cataluña, que data de 1997, para que las centrales nucleares queden afectadas por el gravamen de protección civil.
En concreto, se gravará con 44,14 euros por megavatio a las centrales nucleares, tributo con el cual el Govern trata de aprovechar al máximo sus competencias en esta materia después de que el Tribunal Constitucional haya vetado el impuesto catalán a las nucleares.
El Alto Tribunal ha anulado el impuesto catalán sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear, con el que la Generalitat aspiraba a recaudar 40 millones, por entender que la producción de energía eléctrica nuclear ya está gravada por el tributo estatal a la producción de combustible nuclear.
Con todo, se cree que la recaudación de este nuevo impuesto a las nucleares será sensiblemente inferior a la esperada por el anterior.
El Govern ha aprovechado la ley de acompañamiento a los presupuestos para extender su impuesto a la aviación comercial, el que grava la emisión de óxidos de nitrógeno de las aeronaves en vuelos comerciales de pasajeros en los aeródromos durante el despegue, el aterrizaje o la circulación por la pista por el riesgo en el medio ambiente.
Si hasta ahora este impuesto afectaba a los vuelos "comerciales de pasajeros", el Govern ha introducido una modificación en la ley que lo regula -que se aprobó en 2014- para extenderlo también a los vuelos "de mercancías".
Recurso ante el TC
El pasado 27 de abril, el Tribunal Constitucional (TC) anuló la ley catalana que gravaba la producción de energía eléctrica nuclear, impugnada por el Gobierno en julio del año pasado, al entender que vulneraba las leyes de financiación autonómica porque coincide con otro tributo similar de ámbito estatal.
En su sentencia, que cuenta con el voto particular del magistrado Juan Antonio Xiol, el TC declara inconstitucional la ley que el Parlament aprobó en diciembre de 2014 para grabar las emisiones producidas por los aviones y la industria, así como la producción de energía eléctrica de origen nuclear.
La sentencia da la razón al Gobierno, que presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la ley catalana, por entender que la base imponible de ese impuesto -con el que laGeneralitat ha recaudado 48 millones de euros– coincide con el tributo estatal sobre producción de combustible nuclear.
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