El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rechazado un recurso que presentó Red Eléctrica en la que pedía que se impugnara la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de San Pedro del Romeral porque lo presentó fuera del plazo estipulado por la ley.
Según informan a Efe fuentes judiciales, el recurso pedía que se impugnaran los artículos 4, 6 y 7 de la ordenanza, referidos a la base imponible, los tipos aplicables y las cuotas tributarias, a las normas de gestión, y a la notificación de la tasa, que grava la utilización del dominio público local para las redes de transporte de energía eléctrica, también conocido como IBI eléctrico o Tasa Red Eléctrica.
El recurso se dirigía contra la ordenanza, que se publicó en el Boletín Oficial en marzo de 2015, y también contra un anexo, que salió publicado en agosto de 2017, y lo que se pedía era dejar sin efecto los regímenes reglamentarios de cuantificación de la tasa y los preceptos del anexo relativos al transporte de energía eléctrica.
Pero la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria no acepta el recurso por ser extemporáneo, ya que se presentó fuera del plazo que marca la ley, puesto que la ordenanza se publicó en marzo de 2015 y la impugnación judicial es de octubre de 2017.
Para plantear el recurso Red Eléctrica aprovechó una corrección de errores, pero esa corrección no permite recurrir toda la ordenanza, que es de dos años antes.
El Ayuntamiento de San Pedro del Romeral fue pionero en la región con esta ordenanza fiscal que establecía unas tasas a las compañías eléctricas por la ocupación de terrenos públicos con sus tendidos.
La tasa se impulsó con el anterior gobierno local del PRC, con el exalcalde Pedro Gómez, en un complejo proceso que comenzó en 2011 y dio como resultado la aprobación de una ordenanza fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2013 y que se modificó posteriormente, hasta que llegó el recurso de Red Eléctrica que ahora se ha rechazado.
Fukushima4ever
15/10/2018