Renovables  ·  Política energética

Un tribunal de EEUU rechaza el embargo de activos de la Selección española de fútbol por las renovables

El juez destaca que "tanto la Federación Española de Fútbol como la selección son entidades jurídicas distintas y no existen pruebas suficientes de que sean un 'alter ego' del Estado"

Ningún comentario

Un tribunal estadounidense ha rechazado que el fondo Blasket, acreedor de España por el cambio de normativa de energías renovables de 2013, pueda embargar activos de empresas vinculadas a la Selección española de fútbol, que es una entidad jurídica "distinta del Estado español".

En un documento fechado el pasado 22 de junio al que ha tenido acceso EFE, el juez de la corte del distrito de Columbia John D. Bates admite que Blasket puede buscar activos embargables vinculados a España, pero destaca que "tanto la Federación Española de Fútbol como la selección son entidades jurídicas distintas y no existen pruebas suficientes de que sean un 'alter ego' del Estado".

El litigio obedece a las consecuencias del cambio en la normativa española para la retribución a las renovables decretado en 2013, durante el Gobierno de Mariano Rajoy (2011-2018), que supuso un recorte a la retribución que recibían estas instalaciones durante su vida útil.

Ello desembocó en una oleada de peticiones de arbitrajes de inversores ante diferentes organismos internacionales, el principal el Ciadi, dependiente del Banco Mundial.

El embargo por las renovables

Blasket obtuvo un laudo arbitral reconocido por este tribunal, que le reconocía que debía ser compensado con 47 millones de dólares, y tras la negativa de España a abonar dicha compensación inició un proceso de "discovery" o fase de descubrimiento de pruebas para identificar activos del Estado español en Estados Unidos.

Entre ellas, comenzó a emitir citaciones a terceros, empresas estadounidenses que prestan servicios a la selección nacional de fútbol de España en el Mundial, solicitando documentos y registros financieros relacionados con la Federación Española de Fútbol y la selección nacional, considerándolos como parte del Estado español.

España solicitó anular o modificar estas citaciones, argumentando que eran excesivamente onerosas y buscaban información irrelevante para la ejecución de la sentencia, además de suponer un acoso a la Federación y al equipo nacional.

El redactor recomienda

El juez Bates reconoce que Blasket puede tratar de identificar activos embargables del deudor -en este caso España-, pero entiende que la Federación Española de Fútbol y la selección nacional son entidades jurídicas distintas del Estado.

Por tanto, la información financiera de la federación y el equipo nacional no es relevante para la ejecución de la sentencia contra España.

El magistrado rechaza también la pretensión de Blasket de incluir entre las entidades susceptibles de embargo al Banco de España, recuerda que las partes ya acordaron excluirlo del proceso y concluye que este organismo "no puede formar parte de la definición de España".

España debe 2.316 millones de euros (unos 2.670 millones de dólares) a las empresas afectadas por los recortes retroactivos de las primas renovables. De esta cifra, 552 millones de euros (636 millones de dólares) se corresponden con los sobrecostes financieros y legales derivados de los impagos.

Noticias relacionadas

No hay comentarios

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Todos los campos son obligatorios

Este sitio web está protegido por reCAPTCHA y la Política de privacidad y Términos de servicio de Google aplican.