El próximo 1 de junio entrarán en vigor nuevas tarifas eléctricas. Por primera vez, las tarifas distinguirán entre lo que son “peajes” (que reflejan fundamentalmente el coste de las redes de transporte y distribución de electricidad) y “cargos” (es decir, costes no relacionados con el suministro de electricidad pero que se cargan en las facturas eléctricas). Y, no menos destacable, por primera vez lo que pague cada consumidor no va a depender de decisiones del ministro de turno sobre cuánto cobrar por potencia y por energía, sino que será el resultado de una metodología objetiva y transparente.
Este cambio se produce por exigencia de la Comisión Europea, con el objetivo de reducir la injerencia política en la determinación de las facturas de los consumidores, favoreciendo a unos u otros con fines electorales o para conceder ayudas de Estado encubiertas. Por ello, la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico exige que los peajes sean fijados por el organismo regulador del sector energético (la CNMC, en el caso de España), dejando en manos del Ministerio únicamente la fijación de los cargos y, en ambos casos, de acuerdo con metodologías objetivas y transparentes.
En cumplimiento de esta obligación, la CNMC acaba de publicar los valores de los peajes mientras que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico acaba de finalizar el periodo de información pública del proyecto de orden que fija los precios de los cargos. Ambos cambios empezarán a aplicar el próximo 1 de junio y, lógicamente, cabe preguntarse por el impacto que tendrán sobre las facturas de los consumidores.
En primer lugar, es importante recordar que el objetivo perseguido no es modificar el importe total recaudado (que viene determinado por las fórmulas de retribución aplicables a cada actividad), sino imputar los costes a quien los ocasiona (en el caso de los peajes) y distorsionar lo mínimo posible las decisiones de los consumidores (en el caso de los cargos). Por ello, lógicamente, a nivel agregado la factura de los consumidores ni se incrementará ni se reducirá como resultado de estas modificaciones.
Esto no significa que las facturas de consumidores individuales no se vayan a ver afectadas. Puede suceder que distintos consumidores acogidos a una misma tarifa se vean afectados de forma distinta en la medida en que su estructura de consumo sea diferente.
Por ejemplo, en términos generales, los cambios en las tarifas suponen un incremento en el término de energía y una reducción en el término de potencia. Esto significa que los consumidores que tienen un nivel de consumo (factor de carga) superior a la media, tenderán a experimentar un mayor incremento o una menor reducción en sus facturas.
Un análisis del impacto sobre los consumidores basado en consumidores “representativos” pero con un consumo inferior a la media tenderá a concluir que la reforma es beneficiosa para los consumidores, mientras que, si los consumidores “representativos” elegidos para el análisis tienen un consumo superior a la media, la conclusión tenderá a ser la contraria.
Para evitar que la elección de los consumidores “representativos” determine o sesgue las conclusiones, se deben considerar consumidores cuyos niveles de consumo de energía y de potencia se correspondan con la media en cada categoría tarifaria.
La tabla siguiente muestra un análisis del impacto de la modificación de los peajes y de los cargos sobre los consumidores conectados en baja tensión (es decir, hogares y pequeñas y medianas oficinas y comercios) considerando los datos reales de potencia contratada y consumo medios por categoría tarifaria de 2019 (los datos de 2020 son atípicos, a causa de la disrupción del consumo ocasionada por el Coronavirus).
Como se muestra en la tabla, los consumidores actualmente acogidos a las tarifas 2.0 y 2.1 (con diferentes opciones de discriminación horaria) pasarán a ser suministrados bajo la tarifa 2.0 TD (con la misma discriminación horaria para todos), mientras que los consumidores acogidos a la tarifa 3.0 pasarán a la tarifa 3.0 TD.
Miguel
26/03/2021