Eficiencia

El cambio de hora: la historia, sus frutos y cómo afecta a la tarifa con discriminación horaria

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Harold Lloyd en un fotograma de 'El hombre mosca'.

La madrugada de este sábado 25 de octubre al domingo 26, concretamente a las 3:00, los españoles tendremos que retrasar nuestros relojes una hora (a las 3:00 serán las 2:00), entrando de esta forma en lo que se conoce como el horario de invierno, que se mantendrá hasta el último fin de semana de marzo, cuando volveremos a adoptar el horario de verano.

Se recupera de esta forma lo que se considera la hora oficial en España, que se corresponde debido a su posición geográfica con ir 1 hora por delante del Tiempo Universal del Meridiano 0º (GMT), el meridiano de Greenwich, y que se abandona a finales de marzo al adoptar el horario de verano, con 2 horas de diferencia por delante del GMT. Se podría decir, por tanto, que el verdadero cambio horario es el de verano, mientras que lo que se hace ahora es deshacer el cambio y volver al horario normal.

Esta medida de cambiar la hora comenzó a realizarse en España en 1918, y ha seguido manteniéndose hasta la actualidad excepto en el paréntesis transcurrido desde 1950 hasta 1973, cuando durante todo el año se mantenía el ahora llamado horario de invierno. En total serán unos 50 países en el mundo los que el próximo domingo cambien la hora, entre ellos todos los países de la UE, en cumplimiento de una directiva europea.

La idoneidad del cambio de hora está avalada por varios estudios de la Comisión Europea, y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). Según el IDAE el potencial de ahorro en iluminación en España puede llegar a representar un 5% de nuestro consumo eléctrico, lo que equivale a unos 300 millones de euros. De esa cantidad, 90 millones corresponden al potencial de los hogares, y suponen unos seis euros por hogar. Los 210 millones de euros restantes se ahorran en los edificios del sector servicios y en la industria

Cabe preguntarse de dónde sale ese concepto y qué tiene que ver con la electricidad. Y la respuesta es que sí tiene mucho que ver con la eficiencia y el ahorro energético, pero no sólo con ello, ya que si uno tiene contratada una tarifa con discriminación horaria, el cambio le afecta de lleno.

El cambio de horario cumple un siglo

Los cambios horarios pensados para ahorrar energía aprovechando la luz natural de forma eficiente los empezaron a utilizar algunos países durante la primera guerra mundial.  La decisión de adelantar la hora oficial por el tiempo de una hora durante los meses con mayor cantidad de horas de luz se ha venido adoptando en España y en otros países desde las primeras décadas del siglo XX. En España, la primera norma publicada con tal contenido fue el Real Decreto de 3 de abril de 1918, por el que se adelantaba la hora oficial "como medio de conseguir el ahorro de carbón". En los años posteriores se adoptó la hora de verano mediante Órdenes de la Presidencia del Consejo de Ministros de vigencia anual, pero con una frecuencia irregular e intermitente, hasta que en el período comprendido entre 1950 y 1973 la práctica fue abandonada por completo.

La recuperación de la costumbre del adelanto horario tuvo lugar en 1974, con carácter general en Europa. Se adoptó de forma drástica y urgente ante la crisis del petróleo sobrevenida en dicho año. Desde entonces, y hasta 1984, una orden anual de la Presidencia del Gobierno vino estableciendo la hora de verano ininterrumpidamente, y de forma coordinada con los demás países europeos, pero con absoluta autonomía normativa respecto a los mismos.

Producido ya el ingreso de España en las Comunidades Europeas, la hora de verano se ha establecido regularmente en nuestro país mediante la trasposición de las Directivas europeas en esa materia. En la perspectiva europea, las Directivas sobre la hora de verano se han dictado desde 1980, con el objetivo de armonizar progresivamente las fechas de inicio y fin del período de adelanto horario, que los entonces Estados miembros realizaban de forma descoordinada. La medida pretendía suprimir los obstáculos a la libre circulación de bienes, servicios y personas a que podrían dar lugar disposiciones nacionales divergentes sobre la hora de verano.

A las 3:00 horas del domingo hay que atrasar el reloj a las 2:00 horas

Desde 1981 a 2001, ambos inclusive, la hora de verano ha sido aplicada a través de ocho Directivas. La primera de ellas consiguió armonizar en todos los Estados miembros solamente la fecha de inicio de la hora de verano. Las Directivas segunda a sexta añadieron una fecha de finalización para dicho período de adelanto horario, pero en dos versiones: una para Irlanda y Reino Unido (el último domingo de octubre) y otra para los Estados miembros continentales (que lo hacían el último domingo de septiembre). La armonización completa del calendario se logró con las Directivas séptima y octava, aplicables de 1995 hasta 2001, inclusive, en cuya virtud se estableció el último domingo de octubre como fecha común para la finalización de la hora de verano.

Sin embargo, las citadas ocho Directivas anteriores poseían una cualidad común: que se dictaban para uno o varios años determinados. Todas ellas se limitaban a contener una tabla con el calendario de fechas de principio y fin del período horario veraniego aplicables a cada uno de los años afectados por la Directiva correspondiente.

En cambio, la nueva Directiva 2000/84/CE, de 19 de enero de 2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, no señala un plazo definido para su vigencia, ni incluye en su articulado una nueva tabla con el calendario de fechas de cambio horario aplicables a unos años concretos ; sino que dicho mecanismo tradicional se sustituye por una norma de enunciado genérico, en cuya virtud, desde el año 2002 en adelante, el inicio del período de la hora de verano será el último domingo de marzo, y su fin tendrá lugar el último domingo de octubre ; en ambos casos a la una de la madrugada, hora de tiempo universal.

Así pues, una vez lograda la armonización en los contenidos de la hora de verano, las Comunidades Europeas dictan la nueva Directiva 2000/84/CE, con vocación de permanencia, de modo que todos los ciudadanos e instituciones privadas y públicas de la Unión puedan conocer anticipadamente las fechas del cambio horario anual y planificar su actividad sin necesidad de esperar ninguna norma futura.

Discriminación horaria

¿Y cómo afecta el cambio si uno tiene tarifa con  discriminación horaria? A quien más, a quien menos, el cambio de horario trastoca los esquemas a casi todo el mundo. A unos por el horario de sueño, a otros por el mero hecho de salir de trabajar de noche; pero si uno tiene contratada este tipo de tarifa, debes tener en cuenta algo más.

Como se sabe, las dos opciones –la 2.0DHA, de hasta 10 kw con discriminación, y la 2.1DHA, de 10 kW a 15 kW con discriminación- tienen dos periodos horarios, el valle y el punta. El valle,  que es el más económico, ha tenido un horario de las 23h a las 13h del día siguiente durante el horario de verano pero a partir del cambio de hora del sábado pasará a ser de las 22:00 h a las 12:00 h del día siguiente.

Así que es conveniente tener presente que se puede empezar a hacer la mayor parte del consumo eléctrico una hora antes, aunque tanto si se tiene esta modalidad de contrato como si no, lo importante es saber que sólo con hacer el 30% del consumo diario en el horario valle, ya vale la pena respecto a las tarifas sin discriminación. Y todo lo que se consiga trasladar a esas horas a partir de ese porcentaje, mejor que mejor, ya que se puede llegar a ahorrar la mitad de la factura.

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