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El Constitucional admite tres recursos contra la indemnización de Castor

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Panorámica del almacén de gas Castor construido por Escal, filial de ACS. FOTO: ACS
Panorámica del almacén de gas Castor construido por Escal, filial de ACS. FOTO: ACS

El Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por el PSOE, la Generalitat de Cataluña y el Parlamento de Cataluña contra el real decreto por el que se cierra de forma temporal el almacén subterráneo de gas Castor y se indemniza a sus promotores.

En tres autos, el Supremo da traslado de sendos recursos al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, a través del ministro de Justicia, con el objetivo de que en quince días puedan personarse en el proceso.

El Real Decreto-ley 13/2014, de 3 de octubre de 2014, por el que se adoptan medidas urgentes en relación con el sistema gasista y la titularidad de centrales nucleares regula la renuncia a la concesión del almacenamiento subterráneo de gas Castor por parte de su promotor, la sociedad Escal UGS, controlada por ACS.

En concreto, el recurso del Grupo Socialista en el Congreso se dirige contra la totalidad de la normativa; el del Parlamento catalán, contra los artículos 2 y 4, este último en sus apartados 1 y 3, y del de la Generalitat, contra toda la ley excepto su disposición adicional segunda.

En septiembre de 2013, el Gobierno suspendió la actividad de inyección de gas en el almacenamiento subterráneo Castor, ubicado frente a las costas de Castellón, después de que se registraran cientos de pequeños seísmos en la zona.

Desde entonces se han sucedido los informes y peticiones de información a expertos con el objeto de determinar si el proyecto es seguro, es decir, si puede volver a la actividad sin provocar nuevos seísmos, una cuestión que todavía no se ha resuelto. Indemnización

Mientras tanto, la sociedad promotora Escal UGS, propiedad en un 67% de ACS, decidió renunciar a la concesión del almacenamiento, lo que, de acuerdo a la normativa que rige el proyecto, le daba derecho a una indemnización por valor de la inversión menos las cantidades que ya hubiera cobrado, esto es, 1.350 millones de euros.

El Gobierno aceptó esta renuncia en un real decreto ley aprobado el 3 de octubre de 2014, junto con la indemnización y la planificación para el futuro del almacenamiento.

De acuerdo a esta normativa, el almacén Castor pasa a ser gestionado por Enagás, que es quien inicialmente se ha hecho cargo del pago de la indemnización, aunque recuperará este desembolso a lo largo de treinta años mediante cobros del sistema gasista, es decir, de la tarifa que pagan todos los consumidores.

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