El Gobierno ha sacado a audiencia pública un nuevo marco normativo que refuerza el papel del operador del sistema, Red Eléctrica, al otorgarle mayores capacidades para supervisar y controlar en tiempo real el funcionamiento del sistema eléctrico español mediante un intercambio más amplio y estructurado de datos con el resto de agentes. La medida, impulsada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, busca garantizar la seguridad, estabilidad y eficiencia de la red en un contexto marcado por la creciente integración de energías renovables y nuevos modelos de consumo.
La nueva orden establece por primera vez un régimen detallado de “observabilidad” de las redes eléctricas, que permitirá al operador del sistema disponer de información más completa sobre instalaciones de generación, almacenamiento y demanda, incluidas aquellas conectadas a redes de distribución que hasta ahora quedaban parcialmente fuera de su supervisión directa. Esta ampliación de visibilidad resulta clave para anticipar riesgos, gestionar la red con mayor precisión y facilitar la toma de decisiones en tiempo real.
Red observable
Uno de los pilares de la norma es la definición de la denominada red observable, que abarca infraestructuras críticas cuya información deberá ser conocida por Red Eléctrica en todo momento. Esto incluye subestaciones de alta tensión, elementos relevantes de la red de distribución y determinadas instalaciones conectadas a ellas, lo que supone un salto cualitativo en la capacidad de control del sistema.
La regulación fija además un umbral general de 1 MW de potencia instalada a partir del cual las instalaciones estarán obligadas a facilitar datos estructurales y operativos al operador del sistema, manteniendo así criterios ya existentes pero ampliando su alcance a nuevas tipologías como la demanda conectada en distribución y el almacenamiento energético.
Este umbral se alinea con la normativa vigente sobre telemedidas en tiempo real, mientras que otras referencias complementarias elevan las exigencias en función del tipo de instalación, como ocurre con ciertos sistemas de almacenamiento por encima de 5 MW o con grandes solicitudes de demanda que superan los 20 MW en la red peninsular —o los 5 MW en sistemas no peninsulares— y que requieren informes específicos de aceptabilidad. En conjunto, este esquema escalonado permitirá a Red Eléctrica disponer de información más detallada y proporcional al impacto de cada instalación sobre el sistema.
Nuevas conexiones
El refuerzo de competencias también se traduce en una mayor capacidad para evaluar nuevas conexiones eléctricas. El operador del sistema podrá emitir informes de aceptabilidad con mayor base de datos, especialmente en el caso de grandes instalaciones de consumo que puedan tener impacto sobre la red de transporte, lo que resulta esencial para planificar el crecimiento del sistema sin comprometer su estabilidad.
Desde el punto de vista regulatorio, la orden responde a la necesidad de adaptar el sistema eléctrico español a las exigencias del Reglamento europeo 2017/1485, que obliga a los Estados miembros a concretar el alcance del intercambio de datos entre operadores, distribuidores y usuarios relevantes. Hasta ahora, estos intercambios se realizaban en gran medida mediante acuerdos entre agentes, por lo que la nueva norma aporta seguridad jurídica y homogeneidad en los criterios.
La norma también regula el tratamiento de la información confidencial y establece las condiciones bajo las cuales podrá compartirse entre los distintos agentes del sistema, garantizando su uso exclusivo para fines operativos y reforzando la protección de datos sensibles. Asimismo, el Gobierno en el proyecto de orden mantiene que no tendrá impacto significativo sobre los presupuestos públicos ni generará nuevas cargas administrativas relevantes, al centrarse en ordenar y sistematizar obligaciones ya existentes.
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