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Red Eléctrica propone una batería de medidas para evitar apagones que afectan a todos los agentes del mercado

Poder desconectar plantas y rampas de 15 minutos para todos, entre las propuestas del operador del sistema para evitar nuevos apagones

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Red Eléctrica ha remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia una propuesta de modificación de varios procedimientos de operación del sistema eléctrico en cumplimiento de los mandatos recogidos en el Real Decreto 997/2025, una norma aprobada tras el gran apagón de abril del 2025 para reforzar la seguridad del sistema. El documento plantea cambios relevantes en la supervisión de tensiones, en los requisitos técnicos de las instalaciones conectadas a la red y en la capacidad del operador del sistema para ordenar actuaciones urgentes ante riesgos para la estabilidad eléctrica.

Entre las medidas más significativas figura la posibilidad de solicitar la desconexión de instalaciones cuyo comportamiento pueda comprometer la seguridad del sistema eléctrico, por ejemplo por introducir oscilaciones en la red o por inyectar potencia reactiva que dificulte el cumplimiento de los umbrales de tensión. La propuesta también contempla que, si la desconexión no pudiera ejecutarse en el tiempo requerido por razones de seguridad, el operador del sistema pueda actuar directamente con los medios disponibles incluso si ello afecta a la evacuación de otras instalaciones. Además, se refuerza la capacidad operativa en situaciones de alerta mediante la incorporación expresa de la apertura de interruptores como medida correctora dentro de los mecanismos de actuación del sistema.

Estas medidas se enmarcan en el contexto de los análisis realizados tras el incidente eléctrico de abril, en los que distintos informes técnicos y el propio operador del sistema señalaron que horas antes del cero eléctrico se registró una oscilación en el sistema asociada al comportamiento de una planta fotovoltaica situada en la provincia de Badajoz, un episodio que reforzó la necesidad de mejorar los mecanismos de supervisión dinámica de la red y la capacidad de actuación rápida ante perturbaciones.

Desconexión por incumplimiento

En el caso del procedimiento de operación 1.1, relativo a los criterios de funcionamiento y seguridad del sistema eléctrico, la propuesta amplía el ámbito de aplicación de los criterios de supervisión a todas las instalaciones conectadas a la red gestionada por el operador del sistema, incluyendo generación asociada a autoconsumo, demanda y almacenamiento. También introduce la velocidad de variación de la tensión como nuevo parámetro de seguimiento del estado del sistema, lo que supone pasar de un control basado únicamente en valores estáticos de tensión a un modelo que incorpora el comportamiento dinámico de la red, especialmente relevante para prevenir situaciones de inestabilidad.

Por su parte, el procedimiento de operación 1.4 incorpora nuevas condiciones técnicas de entrega de energía en los puntos frontera de la red de transporte, incluyendo requisitos específicos sobre la no introducción de oscilaciones adversas y el cumplimiento de parámetros asociados a la variación de tensión en los nudos de la red. Asimismo, refuerza la capacidad del operador del sistema para requerir la desconexión de instalaciones o limitar su intercambio de energía cuando se detecten incumplimientos que puedan comprometer la seguridad del sistema eléctrico, consolidando así un marco operativo más estricto orientado a garantizar la estabilidad del sistema ante perturbaciones.

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Sin compartir comunicaciones entre centros

Otra de las medidas que propone Red Eléctrica es modificar el Procedimiento de Operación 8.2. En este caso establece nuevas medidas para reforzar la figura de los centros de control.

Llama la atención que el operador del sistema quiera que las comunicaciones no sean compartidas entre distintos centros de control. Cabe recordar que se está dirimiendo en los juzgados que Red Eléctrica dé a conocer todos los audios de las comunicaciones que se dieron durante las horas previas al cero eléctrico del 28 de abril del año pasado.

También establece unos requisitos técnicos para todos los centros de control con el objetivo de tener mejores medios de comunicación y así poder tomar decisiones más rápidas y efectivas en la operación del sistema. Además quiere diferenciar a los distintos centros de control que hay, desde los de generación a los de la demanda, pasando por los de los gestores de las redes de distribución y los centros de control delegados y dotarlos con nuevas funciones.

Rampas de 15 minutos para todos

Una de las grandes novedades que propone el Operador del Sistema es la creación de un nuevo Procedimiento de Operación. Se trata del 1.7 y lo han titulado en su propuesta Limitación de las Rampas Máximas de Variación de la Potencia Activa de las Instalaciones de Generación.

En octubre del año pasado una de las decisiones que trastocó la operación de las centrales de generación fue que Red Eléctrica pidió de urgencia a la CNMC aumentar el tiempo de las rampas de las instalaciones de renovables. Pasaron de dos minutos a 15 minutos. Se trata del tiempo mínimo que debe tardar una central en incrementar o reducir potencia de cara a poder gestionar mejor el sistema eléctrico.

Ahora quiere Red Eléctrica que las rampas de 15 minutos sean para todos y para siempre aunque se guarda un as en la manga. Según la propuesta del nuevo P.O. 1.7, las rampas de 15 minutos se establecerán en todas las instalaciones tipo C y D tanto de la Península Ibérica como de los territorios no peninsulares, así como en instalaciones de almacenamiento e híbridas.

Eso sí, el Operador del Sistema puede diferenciar límites concretos de aplicabilidad de los requisitos de rampa a determinadas instalaciones en base a criterios como pueden ser las capacidades técnicas de las instalaciones o la tecnología de producción. Dichos límites serán publicados por el OS en su web y podrán ser diferentes para las instalaciones conectadas al sistema eléctrico peninsular y al sistema eléctrico de los territorios no peninsulares.

Estado de alerta

Otro cambio que llama la atención es la operación cuando hay Estado de Alerta. Dentro del P.O. 8.2 Red Eléctrica propone introducir la actuación de apertura de interruptor de instalaciones como una acción correctora en caso de que el sistema se encuentre en estado de alerta.

Asimismo, el Operador del Sistema también ha propuesto una serie de cambios en los procedimientos de operación que están relacionados con los sistemas eléctricos no peninsulares. Concretamente pide modificaciones en el P.O. 1 y en el 8.2 de Criterios de Operación.

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