El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, ha acordado prorrogar hasta el próximo 31 de diciembre la obligación de las petroleras de informar semanalmente sobre sus costes y sobre los precios de venta final del carburante a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), con el fin de que la entidad pueda valorar y supervisar mejor el grado de competencia efectiva en el sector.
"El contexto geopolítico sigue sometido a una gran incertidumbre, por ello el Gobierno continuará monitorizando los efectos de la situación sobre los ciudadanos; somos un Gobierno responsable, que piensa en el consumidor, y mantenemos estas obligaciones de transparencia sobre la comercialización de combustibles", ha señalado la vicepresidenta del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen.
La medida, establecida en el Real Decreto-ley 7/2026, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, tenía una duración inicial de tres meses.
Paralelamente, el RDL también emplazaba a la CNMC a publicar un estudio sobre el funcionamiento del mercado de distribución y comercialización de carburantes, incluyendo el comportamiento de los márgenes, a fin de valorar la adecuación del marco regulatorio a la coyuntura provocada por el conflicto bélico.
La información disponible
La CNMC, en dicho informe, publicado el 29 de mayo, ha coincidido con la necesidad de proseguir el análisis para contar con información suficiente para extraer conclusiones de carácter estructural sobre el comportamiento competitivo del marcado, especialmente en un contexto de elevada volatilidad internacional.
Por ello, el Consejo de Ministros ha aprobado ampliar hasta el próximo 31 de diciembre la obligación de los operadores al por mayor de productos petrolíferos con capacidad de refino en España de reportar semanalmente a la CNMC información sobre sus costes de adquisición de productos petrolíferos y los precios de venta de carburante a las estaciones de servicio, en el marco de competencias de supervisión atribuidas a la entidad sobre la materia.






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