El Consejo de Ministros ha aprobado la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra varios preceptos de la ley vasca de medidas de protección medioambiental para la fractura hidráulica ("fracking").
La solicitud se lleva a cabo después de que la negociación bilateral con Euskadi haya fracasado y tras avalar el Consejo de Estado que hay fundamentos jurídicos suficientes.
La fractura hidráulica consiste en inyectar grandes volúmenes de agua y productos químicos a gran profundidad para romper la roca de pizarra que alberga gas de esquisto o petróleo.
La ley vasca se aprobó al año pasado a raíz de una Iniciativa Legislativa Popular avalada por más de 100.000 firmas y, en un intento de evitar posibles recursos en su contra, no prohibía el fracking de manera genérica, pero elevaba tanto los requisitos para poder desarrollar esta técnica que prácticamente la impedía.
En concreto la norma vasca permite a las instituciones de Euskadi vedar el uso de la fractura hidráulica en los supuestos en que pueda tener efectos negativos sobre las características geológicas, ambientales, paisajísticas o socioeconómicas de la zona y sobre otras competencias relativas al aprovechamiento de hidrocarburos.
Ante un caso similar, el Tribunal Constitucional anuló las leyes de Cantabria y La Rioja que prohibían el uso de esta técnica, por lo que se entiende que esa doctrina es trasladable al caso actual.
El Consejo de Ministros entiende que las competencias en materia ambiental no implican vaciar de sus competencias al Estado, sobre todo cuando la normativa estatal establece el sometimiento de estos proyectos a la declaración de impacto ambiental.
Considera además que la legislación vasca viola la normativa estatal sobre régimen minero y energético, y el principio de seguridad jurídicas al equiparar los permisos, tanto a los ya concedidos o en tramitación, como a las solicitudes que se formulen a partir de la entrada en vigor de la norma.
Por último, el Consejo de Ministros considera que la norma vasca incluye en su ámbito los hidratos de metano enterrados en el mar (una nueve fuente de energía), una competencia que -según el TC- no es autonómica a no ser que lo prevea su Estatuto de Autonomía o lo exija la naturaleza de la competencia a ejercer.
LuisBravo
08/04/2016