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El juzgado desestima la demanda de Iberdrola contra Repsol por 'greenwashing'

El magistrado no aprecia que, en sus comunicaciones y campañas, exista una publicidad engañosa, ilícita y desleal que constituya una competencia desleal

3 comentarios publicados

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Santander ha desestimado la demanda interpuesta por Iberdrola contra Repsol, ya que no aprecia que, en sus comunicaciones y campañas, exista una publicidad engañosa, ilícita y desleal que constituya una competencia desleal.

En su resolución, dada a conocer este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, el juez señala que "no se acredita" que la publicidad y la página web de Repsol puedan inducir a error "sobre la naturaleza de una compañía hoy multienergética, pero fundamental y tradicionalmente petrolera".

El caso se remonta a febrero de 2024, cuando Iberdrola presentó una demanda contra Repsol centrada en la Ley de Competencia Desleal por supuesto blanqueo ecológico o 'greenwashing' en su publicidad.

De acuerdo con la demandante, la cotizada que preside Antonio Brufau se estaba publicitando como un grupo sostenible, líder en la transición energética, que protege el medioambiente y trabaja por la reducción de la huella de carbono y la mitigación de los efectos del cambio climático.

En concreto, Iberdrola reprochaba a Repsol que, pese a promocionar iniciativas sostenibles, en su oferta multiproducto buscara fomentar el uso de carburantes, y afeaba que, por mucho que centrara su publicidad en la sostenibilidad, ésta era un "elemento menor de sus actividades".

Durante el juicio, que se celebró en noviembre de 2024, Repsol negó tales acusaciones y defendió su compromiso con la transición energética, así como el esfuerzo de la empresa para dar una alternativa a los hidrocarburos.

Desestima la demanda de Iberdrola

Ahora, el titular del juzgado de lo Mercantil número 2 de Santander rechaza íntegramente la demanda, y alega que el consumidor español, "de un modo casi universal", conoce a Repsol y asocia su actividad a estaciones de servicio y venta de combustibles.

En cambio, su identificación con energías renovables y la incidencia de estos aspectos en la decisión de compra "son residuales", continúa, para después subrayar que el consumidor medio conoce "el efecto dañino para el medioambiente de los combustibles fósiles".

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En la sentencia, el magistrado asegura además que Iberdrola, al justificar su condición de afectada, "se limita" a aplicarla a situaciones de la competencia directa en el sector del suministro eléctrico y de gas.

Sin embargo, "en ningún momento alude al hidrógeno o al biocombustible", de modo que "entre las diversas opciones para justificar su legitimación activa", opta por afirmar una relación de competencia directa "que no acredita".

No ve 'greenwashing' por parte de Repsol

Respecto al concepto de sostenibilidad, el juez repasa diferentes resoluciones para comprender su origen, evolución y significado; y concluye que "no es sinónimo de respetuoso o neutro" con el medioambiente, sino que se identifica como la "intersección" entre tres dimensiones: lo ecológico, lo económico y lo social.

Mención especial dedica a las campañas de Repsol objeto de debate, las cuales "no tratan de actuar sobre la compra de vehículos, sino de suministrar energía (fósil o eléctrica) a los existentes".

De este modo, prosigue, "no parece" que la oferta "pueda producir el efecto de que cada consumidor emplee más combustibles fósiles", sino de atraer, con descuentos, a nuevos clientes, tanto de ese producto como de recarga eléctrica, ya que la base mínima de la promoción, el 'plan coche', también incluye esta fórmula además del repostaje.

Tampoco aprecia ningún reclamo medioambiental en eslóganes como "cuantas más energías contratas, más ahorras" o "contrata energía solar con Repsol sea como sea y ahorra en tus repostajes", puesto que el mensaje "es de ahorro sumando tipos de energías contratados".

Es más, añade, "ni las bases reguladoras de los planes ni las de sus promociones contienen menciones medioambientales, ni cabe inferir de las mismas un propósito oculto a los consumidores de incrementar el consumo de combustibles fósiles".

De ahí que el titular del juzgado descarte la existencia de engaño u omisión engañosa.

La sentencia, que no condena en costas a Iberdrola, puede ser recurrida en apelación ante el mismo tribunal, por escrito y en los veinte días contados desde el siguiente a su notificación.

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3 comentarios

  • Miguel

    Miguel

    25/02/2025

    No sé muy bien lo que buscaba Iberdrola con esta demanda, pero ha hecho el ridículo, al igual que Teresa Ribera, que se posicionó del lado de Iberdrola y le dió propaganda a esta demanda. Desde el primer momento se vio que la demanda no tenía mucho recorrido y que se iban a estrellar. Sólo estaba la generación de ruido y posible influencia en los clientes

    Una ministra no se puede posicionar del lado de una empresa. Si ahora le da a Repsol por pedir indemnizaciones al Estado por las acciones de la ministra, le toca pagar al ciudadano.
  • LuisB

    LuisB

    25/02/2025

    Si en el Reino Unido, la Justicia dice que lo de Repsol es Greenwashing...

    Y los Jueces en España no lo ven,....tenemos un problema en España con "la Justicia"


    "El regulador publicitario británico veta por segunda vez un anuncio de Repsol por 'greenwashing' en lo que va de año"
  • Miguel

    Miguel

    25/02/2025

    Por curiosidad he buscado el anuncio retirado de Repsol en Reino Unido.

    El anuncio apareció en la web del Financial Times en 2023, en un boletín digital especializado, con el siguiente texto:

    “El hidrógeno renovable, una alternativa más para reducir las emisiones. En Repsol apostamos por el hidrógeno renovable como fuente energética que ofrece diferentes usos como la producción de combustibles sintéticos con cero emisiones netas”.

    Realmente el anuncio no contaba ninguna mentira ni es engañoso, puesto que Repsol apostaba por el hidrógeno renovable. Tenía un proyecto de 200 MW en Puertollano, otro en Cartagena de 100 MW, otro en Tarragona de 150 MW y otro en el País Vasco de 100 MW.

    Según la ASA, la publicidad de Repsol podía inducir a pensar que Repsol ya estaba obteniendo hidrógeno, y todavía no estaban en marcha las electrolizadoras.

    Lo de publicidad engañosa está cogido con pinzas. Pues en el anuncio dice claramente que Repsol "apuesta" por el hidrógeno, y las apuestas siempre son a futuro. En ningún momento dicen en el anuncio que ya lo estén obteniendo y usando.

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