Política energética

El Supremo rechaza la petición de la Abogacía de suspender los recursos renovables durante el examen de la CE

Ningún comentario
El Supremo rechaza el recurso contra la decisión de la entonces CNC. FOTO: CGPJ

El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de la Abogacía del Estado de suspender la tramitación de un recurso presentado contra el actual régimen retributivo de las energías renovables hasta que la Comisión Europea (CE) resuelva el examen preliminar sobre esta normativa, tal y como adelantó este diario a los pocos días de conocerse la medida del Gobierno.

En un auto fechado el 10 de julio y difundido hoy, la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza la petición del abogado del Estado al entender que el mero hecho de que la CE haya iniciado un procedimiento a raíz de la notificación formulada por las autoridades españolas "no es causa bastante para que se suspenda de manera indefinida la tramitación" del litigio.

En los últimos días, el Alto Tribunal ha resuelto en el mismo sentido la misma petición planteada en otros recursos contra la misma normativa, en concreto el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, y la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio.

Esta cuestión se remonta a la aprobación, en 2013, de la reforma del sistema eléctrico, en el que se modificó el modelo retributivo de las renovables y la cogeneración, que pasaba de primas a la producción a una retribución razonable a lo largo de la vida útil de la planta.

Este modelo se materializó en un real decreto y una orden ministerial aprobadas en junio de 2014, en los que se vinculaba esta retribución razonable al interés de la deuda del Estado, que se aplicaba sobre una serie de parámetros de inversión calculados por el Ministerio de Industria en función de cuestiones como la antigüedad de la planta o su ubicación.

Precisamente fue el diseño de estos parámetros el que más polémica suscitó -se han planteado más de 300 recursos contra la normativa-, ya que en teoría venía apoyado por informes independientes que finalmente o no se presentaron o lo hicieron después de la aprobación de la normativa.

Frente a estas acusaciones, Industria ha defendido en todo momento que la elaboración de la normativa correspondía al Gobierno y que los informes solo pretendían contrastar sus cálculos.

En paralelo al avance del procedimiento judicial -también polémico por supuestos retrasos por parte de Industria a la hora de entregar documentación-, el comisario europeo de Energía, Miguel Arias Cañete, anunció que la Comisión había emprendido un estudio para "analizar" si los esquemas de subvenciones a las renovables puestos en marcha por algunos países podrían constituir ayudas de Estado.

Tras este anuncio, tal y como figura en el auto conocido hoy, el Abogado del Estado solicitó que se suspendiera la tramitación del recurso hasta que se resolviera el expediente comunitario -emprendido a raíz de una notificación del Gobierno español-, que afecta tanto a la normativa de 2014 como a las de 2007 y 2008, una pretensión que el Supremo ha rechazado.

Noticias relacionadas

No hay comentarios

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Todos los campos son obligatorios

Este sitio web está protegido por reCAPTCHA y la Política de privacidad y Términos de servicio de Google aplican.