Las asociaciones Acogen, Cogen España y Adap han interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto 917/2025 (que modifica el Real Decreto 413/2014), al considerar que mantiene una regulación de la prioridad de despacho de la electricidad que no se adecúa al marco reglamentario europeo.
La prioridad de despacho determina el orden en que las instalaciones pueden verter electricidad a la red. En España, la normativa vigente sitúa en primer lugar a las tecnologías renovables (solar, eólica, hidráulica, etc.), después a la cogeneración y, a continuación, al resto.
Los cogeneradores advierten de que el operador del sistema está parando sus plantas en episodios cada vez más frecuentes de elevada generación renovable. Explican que estas paradas intermitentes, afectan —con diferentes casuísticas— a la actividad de industrias químicas, refinerías, papeleras, alimentarias, cerámicas, agrícolas o de tratamiento de residuos vinculadas a la cogeneración, con impacto en su producción, competitividad y seguridad.
Ajustar la regulación española al Derecho de la UE
Las asociaciones subrayan que la normativa europea limita la prioridad de despacho y no la contempla con carácter general para instalaciones renovables y de cogeneración puestas en servicio después del 4 de julio de 2019, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2019/943, de aplicación directa. En este marco, la legislación comunitaria acota el despacho prioritario a supuestos concretos y mantiene un tratamiento específico sólo para instalaciones existentes anteriores a 2019 y que no realicen cambios significativos o aumenten su capacidad.
Los cogeneradores mantienen que el marco europeo reconoce expresamente la igualdad de trato entre la cogeneración y las energías renovables protegiendo el derecho adquirido de las cogeneraciones existentes con anterioridad a 2019. Por ello, piden actualizar la normativa española para evitar distorsiones y aportar seguridad jurídica al sector industrial a la par que facilitar una operación con menos restricciones en el sistema eléctrico.
Contradicción e incumplimiento de la normativa europea
El marco normativo español se encuentra en abierta contradicción e incumplimiento de la normativa europea para unos 50.000 MW de renovables —aproximadamente la mitad del parque renovable instalado— que tendrían actualmente una prioridad de despacho que, según el sector, no les correspondería y condiciona la operación del sistema eléctrico y de la cogeneración industrial.
A finales de 2019 la potencia de generación renovable instalada en España era de 53.200 MW, aproximadamente el 50% de la capacidad total y ha experimentado un enorme crecimiento duplicándose hasta los 101.000 MW —48.000 MW fotovoltaicos y 33.000 MW eólicos—alcanzados en 2025, que suponen el 68% del mix nacional de 148.000 MW instalados con todas las tecnologías. El consumo anual medio de España en la actualidad es de 29.000 MW y la punta de 40.000 MW, y están aumentando ya hoy los vertidos de generación eléctrica renovable por falta de demanda y saturación en las redes.









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