Petróleo & Gas

El Supremo aclara que las petroleras y no particulares pueden reclamar el impuesto sobre hidrocarburos

En una sentencia fechada el pasado 30 de enero, la sala de lo contencioso estima el recurso presentado por Carburants Axoil contra un fallo de abril de 2022 de la Audiencia Nacional

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El Supremo ha aclarado que sólo las petroleras pueden reclamar la devolución de ingresos indebidos del tramo autonómico del impuesto sobre hidrocarburos declarado ilegal por el TJUE, excluyendo así a consumidores finales como los transportistas.

En una sentencia fechada el pasado 30 de enero a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso estima el recurso presentado por Carburants Axoil contra un fallo de abril de 2022 de la Audiencia Nacional.

Lo que ha aclarado el Supremo es si el sujeto que soporta las cuotas del impuesto especial sobre hidrocarburos puede solicitar la devolución de eventuales ingresos indebidos o por el contrario está obligado a acreditar que con la obtención de dicha devolución no se beneficiaría de un enriquecimiento injusto.

En particular, que las cuotas cuya devolución solicita no han sido trasladadas vía precios al consumidor final, adquirente de los carburantes.

Para el Supremo, no es el consumidor final el que está legitimado para reclamar la devolución como ingreso tributario indebido de las cantidades que hubiere soportado en adquisiciones de productos gravados con el tipo autonómico.

El impuesto sobre hidrocarburos

Y es que dichas cantidades las habría soportado "no por disposición legal o repercusión legal", sino mediante traslación en el precio del producto, de todo o parte de la cuota tributaria del referido impuesto.

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En mayo de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró ilegal el tramo autonómico del impuesto especial sobre hidrocarburos (IEH) que se aplicó en España entre 2013 y 2018, año en el que se suprimió y se estableció un tipo uniforme en todo el territorio.

Desde la patronal Fenadismer (Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España) afean que se limite en exclusiva a las petroleras el derecho a recuperar "un impuesto recaudado de forma ilegal", pese a que el Supremo destaca "la pasividad de la Administración en acreditar que éstas lo trasladaron a sus clientes".

Ello supone para estas compañías "obtener como regalo un 'pelotazo' superior a los 5.000 millones de euros por parte del Ministerio de Hacienda", indica Fenadismer, mientras que "paradójicamente los transportistas y demás consumidores no llegarán previsiblemente a recuperar absolutamente nada pese a ser los que lo soportaron de forma efectiva".

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