Eléctricas

Gas Natural y Endesa vuelven a recurrir el concurso eléctrico del Ayuntamiento de Madrid

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El suministro eléctrico y de gas del Ayuntamiento de Madrid, el mayor de España a escala local, vuelve a ser otra vez motivo de disputa entre las eléctricas y el equipo de Manuela Carmena. Y todo porque el Consistorio ha vuelto a presentar un nuevo pliego para su licitación en donde apenas hay cambios respecto al que se anuló el año pasado por el **Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.**En aquél se consideró que las cláusulas premiaban a las pequeñas comercializadoras y excluían a las grandes eléctricas y en éste sucede algo parecido.

Por eso, según ha podido confirmar El Periódico de la Energía, Endesa y Gas Natural Fenosa entienden que las condiciones del concurso sigue beneficiando a las comercializadoras que venden electricidad libre de emisiones de CO2 y por tanto, han vuelto a presentar un recurso contra la licitación. En la anterior ocasión solo fue Gas Natural Fenosa, pero ahora son las dos grandes eléctricas las que acuden a los tribunales.

En el pliego de 2017 se establecía una puntuación de cinco puntos si el etiquetado de la electricidad en cuanto a emisiones de CO2 del licitador durante 2016 -que calcula la CNMC a año vencido- era "A"; dos puntos, si era "B"; uno, si era C, y cero, si era de cualquiera de las otras cuatro categorías restantes. Con este criterio, Gas Natural no obtenía ningún punto (tenía una E), al igual que Endesa, con una F y adjudicatario del último contrato, que expiró en diciembre.

Entonces fue Gas Natural quien recurrió el concurso eléctrico, porque ese criterio restringía sus posibilidades de concurrir a la licitación en igualdad de condiciones con otros potenciales licitadores, al tiempo que consideraba que se vulneraban los principios de contratación pública. La compañía alegaba que el criterio del etiquetado daba ventaja a pequeñas comercializadoras de reciente creación, que compran poca energía en el mercado pero siempre renovable, mientras que las grandes no llegan a tener los etiquetados máximos porque sus necesidades de energía les obliga a contar con un 'mix' de energía más variado.

Y ganó, al considerar el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid que efectivamente beneficiaba a las comercializadoras que vendían siempre y a todos sus clientes electricidad libre de emisiones de dióxido de carbono, "algo que resulta imposible a las grandes ya que ni todos sus clientes solicitan que la electricidad sea 100% de origen renovable ni, si fuera así, sería posible suministrarla", aseguran fuentes del sector.

Por eso a primeros de marzo, el Ayuntamiento de Madrid presentó el nuevo pliego con las condiciones de la licitación publicado en el BOE el pasado 24 de marzo. Pero como se vuelve a incluir la condición de que se garantice un suministro 100% renovable, y "aún de manera más restrictiva que antes porque se incorporaba en criterios de adjudicación y ahora lo hacen en las especificaciones técnicas, lo que supone la eliminación desde el principio de las comercializadoras grandes", explican fuentes del sector, la historia vuelve a repetirse como el día de la marmota.

"Lo que están presentando en el pliego actual es peor que lo que había antes, porque no piden que la energía que se vende al Ayuntamiento de Madrid sea 100% renovable, que eso ya se hacía antes por parte de las comercializadoras ganadoras en concursos pasados, como Endesa o Gas Natural, sino que vendan a todos sus clientes energía 100% verde, lo que es inconstitucional y excede de las competencias del Ayuntamiento, tal y como se señaló en el recurso de meses atrás", añaden las fuentes.

Gas Natural pidió al Ayuntamiento que le ampliara la información porque consideraba que había cierta confusión en las nuevas condiciones, pero el plazo de presentar el recurso se acababa y han tenido que tomar una decisión.

"Tener garantías de origen (GdOs) es excluyente, porque la CNMC, el organismo competente para concederlos, lo hace a año vencido, y el Ayuntamiento no puede pedirlas durante el concurso", explican las mismas fuentes, "además, podría haber incluido esa condición en el segundo tramo y no en las especificaciones técnicas, aunque al final el resultado sería el mismo, que las grandes comercializadoras no pueden participar".

Las garantías de origen (GdOs) son un instrumento que acredita que una cantidad de electricidad ha sido producida por fuentes renovables o de cogeneración de alta eficiencia en cualquier punto del país.

"Si el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid tumbó el pliego de condiciones anterior porque era inconstitucional, las probabilidades de que vuelva a ocurrir son muy elevadas", concluyen las fuentes.

Este diario se ha puesto en contacto con el Ayuntamiento de Madrid para conocer su versión, pero nos han explicado que las personas competentes en esta cuestión están de vacaciones, y, por tanto "asumen que no pueden contestar".

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