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Red Eléctrica comenzará a cobrar a la demanda que no active su conexión a la red y liberar nueva capacidad

El importe a abonar dependerá de la capacidad de acceso concedida y de una fórmula que combina el término de potencia vigente del peaje de acceso con factores multiplicadores e incrementos semestrales fijados por el Gobierno

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Red Eléctrica ha puesto en marcha el procedimiento para cobrar a los titulares de permisos de acceso y conexión de demanda que mantengan reservada capacidad en las redes de transporte y distribución sin haber iniciado su actividad, una medida que busca incentivar el uso efectivo de los derechos concedidos y favorecer la liberación de capacidad eléctrica para nuevos proyectos.

La compañía ha publicado la guía que regula la liquidación y facturación de la denominada Prestación por Reserva de Capacidad de Acceso a la Red, una obligación introducida por el artículo 11 del Real Decreto-ley 7/2026, aprobado el pasado 21 de marzo en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. La norma establece que los consumidores que dispongan de permisos de acceso y conexión de demanda deberán abonar una contraprestación económica mientras mantengan reservada capacidad de acceso sin haber formalizado el correspondiente contrato de acceso con la distribuidora e iniciado su actividad.

La medida forma parte del paquete aprobado por el Gobierno para combatir el acaparamiento de capacidad en las redes eléctricas de demanda, un fenómeno que el Ministerio para la Transición Ecológica considera uno de los principales obstáculos para avanzar en la electrificación de la economía. El Ejecutivo sostiene que una parte significativa de la capacidad concedida permanece bloqueada por proyectos que todavía no se han desarrollado, dificultando el acceso a la red de nuevas industrias, centros de datos, instalaciones logísticas, proyectos de almacenamiento o desarrollos residenciales. Con esta reforma, el Gobierno pretende incentivar que los titulares materialicen sus inversiones en plazos razonables o, en caso contrario, liberar capacidad para otros consumidores que sí estén en disposición de poner en marcha sus proyectos.

Importe dependiendo de la capacidad

La prestación será aplicable desde la fecha de obtención del permiso de acceso hasta el momento en que entre en funcionamiento la instalación y se firme el contrato de acceso de terceros a la red. En el caso de los permisos concedidos antes de la entrada en vigor de la norma, el periodo comenzará a computarse desde el 22 de marzo de 2026. No obstante, se contempla una exención temporal durante los tres primeros meses de aplicación.

El importe a abonar dependerá de la capacidad de acceso concedida y de una fórmula que combina el término de potencia vigente del peaje de acceso con factores multiplicadores e incrementos semestrales fijados por el Gobierno. Además, la cuantía aumentará progresivamente conforme transcurra el tiempo sin que el titular active el suministro asociado a la capacidad reservada, reforzando así la presión económica para que los proyectos avancen o renuncien a los derechos de acceso que no vayan a utilizar.

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Derogará las garantías y se devolverán a aquellos proyectos que se retiren y no se construyan además de imponer nuevos hitos y priorizar algunos proyectos de viviendas o servicios públicos.

La guía publicada por Red Eléctrica detalla que la liquidación de esta prestación se realizará mensualmente. Durante los primeros quince días de cada mes se calcularán los importes correspondientes al periodo anterior, teniendo en cuenta posibles modificaciones en la capacidad reservada o en los parámetros económicos aplicables. Antes de emitir la liquidación definitiva, los titulares recibirán un avance con el detalle de los cálculos realizados y podrán presentar reclamaciones o discrepancias a través del Portal de Servicios a Clientes de la compañía.

Liquidación mensual

Una vez cerrado el proceso de liquidación, Red Eléctrica emitirá una factura individual por cada permiso de acceso. La facturación se realizará el día 10 del mes siguiente al periodo liquidado, o el primer día hábil posterior, y el pago deberá efectuarse mediante transferencia bancaria en un plazo de 20 días naturales. El impago será considerado un incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Real Decreto-ley.

La iniciativa se complementa con otras medidas regulatorias orientadas a evitar comportamientos especulativos en el acceso a las redes eléctricas. Entre ellas figuran nuevos mecanismos de seguimiento de los proyectos asociados a los permisos de acceso y mayores controles sobre los cambios de actividad vinculados a los puntos de conexión. El objetivo es garantizar que la capacidad disponible en la red se destine a proyectos viables y con perspectivas reales de ejecución, en un contexto de fuerte crecimiento de la demanda eléctrica impulsada por la reindustrialización, los centros de datos y los procesos de electrificación.

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No obstante, parte del sector energético considera que la congestión de las redes no responde únicamente a la acumulación de permisos sin desarrollar. Empresas y asociaciones vienen reclamando una aceleración de las inversiones en infraestructuras de transporte y distribución para acompañar el incremento previsto de la demanda y evitar que la falta de capacidad se convierta en un freno para nuevas inversiones industriales.

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