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Un fallo de un tribunal londinense sobre los laudos de renovables defiende los intereses de España

La sentencia, indican fuentes del Miteco, añade una nueva herramienta de defensa a España en los distintos procedimientos en los que defiende los intereses nacionales

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El reciente fallo de un tribunal londinense sobre la imposibilidad de ceder laudos de renovables a terceros "defiende los intereses nacionales de España frente a las reclamaciones de fondos buitre" cuyo único objetivo es causar "un daño reputacional", según el Ministerio para la Transición Ecológica.

Así lo han indicado a EFE fuentes del departamento a cuyo frente está Sara Aagesen, tras conocerse que el Tribunal Mercantil de Londres confirmó el pasado 11 de noviembre los argumentos de España de que los laudos dictados en virtud del Convenio Ciadi o del Tratado sobre la Carta de la Energía no son cesibles, frustrando así el intento del fondo Blasket de hacerse con laudos de otras empresas.

El caso analizado por el juez Kelling en el Commercial Court of London tiene su origen en el intento de cesión por parte de Operafund Eco-Invest Sicav y Schwab Holding de un laudo al fondo Blasket, que también ha litigado contra España por el cambio legislativo de las renovables.

El magistrado ha denegado la solicitud de sustitución presentada por Blasket y le ha ordenado que abone a España las costas por el procedimiento de sustitución.

La sentencia, indican fuentes del Ministerio, añade una nueva herramienta de defensa a España en los distintos procedimientos en los que defiende los intereses nacionales frente a las reclamaciones de los fondos buitre que han comprado los derechos de los laudos y han adoptado una estrategia agresiva para lograr su cobro.

Dicha estrategia combina la vía judicial en el extranjero con actuaciones dirigidas a causar el mayor daño reputacional a España.

El fallo del juez británico implica que la creación de un mercado en el que se comercializa con los derechos de cobro de indemnizaciones impuestas por tribunales arbitrales se considera inadmisible e invalido desde el punto de vista del derecho internacional, añade la misma fuente.

Los laudos a las renovables

De los 51 arbitrajes presentados contra España por el recorte retributivo a las renovables ejecutado por el gobierno de Mariano Rajoy, se han ganado 10, se han anulado tres, otros tres han desistido y en otro ha renunciado el demandante.

Asimismo, hay cuatro pendientes de laudo y en los ya fallados España ha conseguido una reducción del 85 % sobre las compensaciones reclamadas, de 10.635 millones de euros.

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La Comisión Europea considera que el abono de los laudos a demandantes intraeuropeos representa una ayuda de Estado contraria el derecho europeo, de modo que España no puede abonarlo sin contravenir sus obligaciones como socio comunitario, recuerda Transición Ecológica.

Solo hay cuatro procedimientos arbitrales iniciados por inversores extracomunitarios, que no están sujetos al derecho europeo; todos cuentan con laudo, con indemnizaciones por 167 millones.

España ha pagado el correspondiente a JGC, cuyo importe, de 23,5 millones, había quedado consignado en Bélgica.

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Un comentario

  • Miguel A. A.

    Miguel A. A.

    15/11/2025

    Esta sentencia tiene una gran importancia, pues la mayoría de laudos fueron transferidos a fondos buitre o bufetes buscapleitos que buscaban dar el pelotazo.

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