El Tribunal del Distrito de Columbia, Estados Unidos, ha condenado a España a pagar 41,1 millones de euros a la empresa estadounidense InfraRed -que invirtió en plantas solares en Extremadura- por la reversión retroactiva de los incentivos a las energías renovables decidida hace más de una década y hace vinculante un laudo arbitral emitido en agosto de 2019.
Así lo establece la sentencia firme emitida por el Tribunal del Distrito de Columbia, EEUU, contra el Reino de España, que convierte en vinculante el pago del laudo arbitral emitido originalmente en agosto de 2019, que no había sido satisfecho, según han explicado fuentes próximas al laudo.
De hecho, la sentencia supera en 6 millones de euros la cifra originalmente reconocida en 2019, como resultado de la imposición de "sobrecostes financieros y legales adicionales".
El caso se remonta a 2014, según apuntan las mismas fuentes, cuando la compañía afectada reclamó a España más de 75,7 millones de euros por el recorte de las primas de las energías renovables, en un procedimiento dirimido ante el CIADI, el tribunal de arbitraje del Banco Mundial.
Los demandantes explicaron que habían invertido más de 30 millones de dólares en diversas plantas solares ubicadas en Andalucía y Extremadura, para luego sufrir "la reversión retroactiva de las primas ofrecidas a las energías", lo que motivó el procedimiento de arbitraje.
Después, según las mismas fuentes, la Abogacía española del Estado solicitó la revisión del laudo del Ciadi y también intentó su anulación, aunque la decisión fue confirmada de manera definitiva en junio de 2022.
Los acreedores finalmente optaron por registrar el laudo ante la justicia de Estados Unidos, que ha fallado a su favor el 24 de noviembre de 2025.
Los laudos renovables de España
El llamado caso InfraRed está siendo gestionado por el vehículo Blasket Renewable Investments y cuenta con el bufete King & Spalding como firma de referencia en las acciones desarrolladas en los tribunales estadounidenses.
Este pronunciamiento se apoya en una opinión previa del tribunal emitida el pasado 13 de agosto en la que se desestimaron los argumentos de inmunidad soberana invocados por España y se confirmó la validez y exigibilidad del laudo, conforme al régimen de ejecución de sentencias arbitrales internacionales en Estados Unidos.





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