Política energética  ·  Renovables

Bruselas urge a España a aplicar la norma para acelerar los permisos de renovables

La CE ha dado un plazo de dos meses a España, Italia, Chipre, Eslovaquia y Suecia para que lo agilicen o, de lo contrario, podría llevarles ante la justicia europea

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La Comisión Europea (CE) ha urgido a España y a otros cuatro países de la Unión Europea a trasponer, en un máximo de dos meses, la normativa comunitaria para acelerar la autorización de los proyectos de energía renovables o, de lo contrario, podría llevarles ante la justicia europea.

El Ejecutivo comunitario envió hoy un dictamen motivado a España, Italia, Chipre, Eslovaquia y Suecia, lo que supone el segundo paso del procedimiento de infracción que les abrió en septiembre de 2024 por no haber incorporado a tiempo la directiva de la Unión Europea, una obligación que tendrían que haber cumplido en julio de ese año.

La Comisión, que en su momento abrió el procedimiento de infracción a todos los países de la UE salvo a Dinamarca, también ha decidido mantener abierto el expediente a Francia, Países Bajos y Bulgaria por no haber explicado con precisión de qué forma su trasposición de la directiva ayudará a cumplir con sus exigencias.

Los permisos renovables en España

La revisión de la Directiva de Energías Renovables entró en vigor en noviembre de 2023 y ciertas disposiciones debían transponerse a la legislación nacional antes del 1 de julio de 2024, por ejemplo las relativas a la simplificación y aceleración de los procedimientos de autorización de proyectos de energías renovables y los de la infraestructura necesaria.

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El objetivo de esa reforma, negociada en un contexto de crisis histórica de los precios del gas y la electricidad, era acelerar el despliegue de renovables para dotar a la UE de más autonomía energética.

La norma también incluye plazos para la concesión de permisos o la presunción de que los proyectos de energía renovable y la infraestructura de red relacionada son de interés público prioritario", agregó la Comisión.

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