La Cámara de Diputados chilena ha aprobado esta semana el proyecto que establece los nuevos sistemas de transmisión de energía eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional. Corresponde ahora que el texto sea revisado por el Senado, en segundo trámite legislativo.
La propuesta legal busca maximizar el beneficio social a través de la aplicación de los principios rectores de robustez, flexibilidad, eficiencia económica, planificación de largo plazo, seguridad y calidad de servicio, y sustentabilidad (esta desde la perspectiva del uso del territorio, impacto ambiental y entorno social).
Bajo dicho perfil, se crea un sistema integrado de transmisión eléctrico que estará a cargo del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional. Así, para todos los efectos legales, esta nueva entidad se entenderá como el continuador legal de los Centros de Despacho Económico de Carga del Sistema Interconectado Central (CDEC SIC) y del Sistema Interconectado del Norte Grande (CDEC SING).
La dirección y administración del Coordinador estará a cargo de un Consejo Directivo, compuesto por siete consejeros, que le corresponderá la representación judicial y extrajudicial del organismo. El Coordinador deberá estar en plenas funciones el 1° de enero de 2018. En el tiempo previo, el CDEC SIC y el CDEC SING deberán seguir operando y ejerciendo las funciones que la normativa eléctrica les asigna.
También le corresponderá al nuevo ente autorizar la conexión a los sistemas de transmisión por parte de terceros y establecer los requisitos y exigencias a la que esta deberá sujetarse, debiendo instruir las medidas necesarias para asegurarla dentro de los plazos definidos en la respectiva autorización. Asimismo, deberá determinar fundadamente la capacidad técnica disponible de los sistemas de transmisión dedicados y autorizar el uso de dicha capacidad.
La Superintendencia estará encargada de la fiscalización del cumplimento de las funciones y obligaciones que la ley le asigna al Coordinador y a los consejeros de dicho organismo, pudiendo ordenarle las modificaciones y rectificaciones que correspondan y/o aplicar las sanciones que procedan.
El proyecto de ley también contempla la distinción de distintos sistemas de transmisión: Nacional, que permite la conformación de un mercado eléctrico común, interconectando los demás segmentos de la transmisión; Polos de Desarrollo, que transporta la energía eléctrica producida por medios de generación ubicados en un mismo polo de desarrollo, hacia el sistema de transmisión, haciendo un uso eficiente del territorio nacional; Dedicados, que están destinadas esencialmente para el suministro de energía eléctrica a usuarios no sometidos a regulación de precios, o para permitir a los generadores inyectar su producción al sistema eléctrico; Zonal, dispuestas esencialmente para el abastecimiento de clientes regulados, territorialmente identificables; y de Interconexión Internacional.
Otro punto relevante es la definición de una planificación energética para el sistema. Así, se contempla que cada cinco años, el Ministerio de Energía deberá desarrollar un proceso de planificación energética de largo plazo, para los distintos escenarios energéticos de expansión de la generación y del consumo, en un horizonte de al menos treinta años.
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