El Clúster de l’Energia Eficient de Catalunya considera que el nuevo Documento Básico que modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE) le falta ambición y no deja claro cuál es el camino a seguir hacia la descarbonización del sector de la edificación.
El Consejo de Ministros se reunió el pasado 20 de diciembre para aprobar el Real Decreto (RD) 732/2019 que modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE). El Gobierno abrió el proceso de alegaciones 18 meses antes y el viernes 27 de diciembre, finalmente, se publicaron en el BOE los cambios en la normativa.
En concreto, la parte de Ahorro de Energía (CTE-DB-HE) busca alinearse con las exigencias reglamentarias de eficiencia energética de los edificios establecidas por la Directiva 2010/31/UE, y se esperaba que hiciera una apuesta más firme para cumplir con el acuerdo de París de 2015. Sin embargo, debido a los diferentes intereses dentro del mismo sector, ha sido difícil llegar a un acuerdo donde todos los agentes se sientan representados y satisfechos.
Albert Grau, experto en edificación eficiente y miembro de la Junta Directiva del Clúster de l’Energia Eficient de Catalunya (CEEC), señala que "el sector de la rehabilitación recibirá un gran impulso gracias al incremento de exigencias de eficiencia energética, que implicará una mejor calidad de la edificación y de confort y salud de los usuarios, además de un significativo ahorro en el bolsillo, pero se echa de menos la integración de las energías renovables que queda en manos de la decisión privada".
Grau añade que "la exigencia de energías renovables y de nuevas tecnologías relacionadas con estas, ayudaría a lograr el equilibrio entre coste y eficiencia con el consecuente impulso de la descarbonización en la edificación existente". En cuanto a los nuevos edificios, ha desaparecido un concepto básico para entender las necesidades energéticas, la demanda energética, y se ha optado por un sistema de exigencias ponderadas (geometría, orientación, ventanas, soleamiento…) para la definición del consumo de energía primaria, "que algunos expertos consideran poco transparente y han definido de difícil cumplimiento en según qué tipo de edificio y uso", argumenta el experto en edificación eficiente del CEEC.
Desde el CEEC, se considera que después de esta actualización aún no consta una definición clara de cómo debe ser un Edificio de Energía Casi Nulo (nZEB), ya sea nuevo o rehabilitado, donde se marque el objetivo en valores numéricos del consumo y el origen de la energía a utilizar. Esto nos puede llevar a la paradoja de fomentar políticas que busquen la descarbonización del sistema energético, pero que los edificios sigan siendo ineficientes y por tanto, no saludables y con un coste energético elevado para los usuarios. En el justo equilibrio estará el éxito, pues no olvidemos que el 32% de la energía consumida en nuestro país se concentra en los edificios.
El Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE), incluido en el DB-HE en su apartado HE2, ha quedado sin cambios, lo que da lugar a una incoherencia reglamentaria difícil de entender, pues no se actualizan y alinean las exigencias de las instalaciones térmicas que deben ayudar a conseguir los nZEB, tanto en cuanto a sistemas como el origen de las energías.
El Real Decreto también ha actualizado el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendios (DB-SI), en concreto la parte de propagación de incendios para fachadas. Aquí seguimos alejados de la irrenunciable seguridad y de las tendencias europeas, que empiezan a legislar más restrictivamente en cuanto al riesgo de las soluciones combustibles utilizadas como aislamiento en fachada, y se sigue obviando los edificios de alto riesgo asociados al perfil de los ocupantes de estos, como pueden ser hospitales, escuelas, residencias, entre otros.
Ignacio
10/01/2020