Política energética

El Supremo admite un recurso de Cataluña en contra de que los gastos del Castor los asuma el consumidor

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Enagás está prácticamente a punto de sellar Castor. FOTO: EFE

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso contencioso-administrativo presentado por la Generalitat de Cataluña contra la orden de peajes del gas para 2015, al oponerse a que los gastos de mantenimiento del almacenamiento subterráneo de gas Castor se carguen a la factura del gas.

Según figura en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Supremo acordó la admisión a trámite el pasado 23 de diciembre, un año después de la aprobación de la orden ministerial.

La Generalitat ha confirmado que el recurso cuestiona que se considere como "costes del sistema" los gastos de mantenimiento de la infraestructura del Castor y que, por tanto, se autorice la repercusión de éstos en la tarifa que pagan los usuarios.

La administración catalana considera que el coste de mantenimiento de la instalación, en su actual estado de hibernación, no puede cargarse a usuarios y consumidores dado que, entre otras razones, se trata de una infraestructura que nunca ha entrado en servicio, según han explicado fuentes del departamento de Empresa y Empleo.

La cuota de mantenimiento de la instalación se eleva a unos 17 millones de euros al año.

La orden de peajes de gas establece los pagos que tienen que efectuar consumidores y productores para sufragar los costes regulados del sistema gasista -como la distribución o el transporte-, así como el destino de esos fondos.

Desde 2015, entre los costes regulados también figura el mantenimiento del almacenamiento subterráneo de gas Castor, ubicado frente a las costas de Castellón e hibernado -cerrado temporalmente- con el objetivo de garantizar la seguridad después de registrarse cientos de pequeños seísmos en la zona.

La Generalitat de Cataluña se ha pronunciado en diferentes ocasiones contra del pago de la indemnización prevista para los promotores del proyecto Castor -que asciende a unos 1.350 millones de euros y que se cargará en la factura del gas durante 30 años-.

Así, la administración catalana presentó en el primer trimestre de este año el recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional y ésta decidió elevarlo al Tribunal Supremo.

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